Real Decreto 983/2015

Real Decreto 983/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas, y Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.

Preamble Preámbulo

Article 1Objeto

Article 2Identificación de los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas, y de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas

Article 3Organización de las enseñanzas conducentes a los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas, y de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas

Article 4Especializaciones de los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas, y de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas

Article 5Perfil profesional del ciclo de grado superior en piragüismo de aguas bravas

Article 6Competencia general del ciclo de grado superior en piragüismo de aguas bravas

Article 7Competencias profesionales, personales y sociales del ciclo de grado superior en piragüismo de aguas bravas

Article 8Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo de grado superior en piragüismo de aguas bravas

Article 9Perfil profesional del ciclo de grado superior en piragüismo de aguas tranquilas

Article 10Competencia general del ciclo de grado superior en piragüismo de aguas tranquilas

Article 11Competencias profesionales, personales y sociales del ciclo de grado superior en piragüismo de aguas tranquilas

Article 12Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo de grado superior en piragüismo de aguas tranquilas

Article 13Estructura de los ciclos de grado superior en piragüismo de aguas bravas, y grado superior en piragüismo de aguas tranquilas

Article 14Ratio profesor/alumno

Article 15Módulo de formación práctica

Article 16Determinación del currículo

Article 17Espacios y equipamientos deportivos

Article 18Requisitos generales de acceso a los ciclos de grado superior en piragüismo de aguas bravas, y grado superior en piragüismo de aguas tranquilas

Article 19Requisitos de acceso a los ciclos de grado superior en piragüismo de aguas bravas, y grado superior en piragüismo de aguas tranquilas para personas sin el título Bachiller

Article 20Requisitos de titulación del profesorado en centros públicos dependientes de las Administraciones educativas

Article 21Requisitos de titulación del profesorado en centros privados y de titularidad pública de Administraciones distintas a la educativa

Article 22Acceso a otros estudios

Article 23Convalidación de estas enseñanzas

Article 24Exención del módulo de formación práctica

Article 25Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia docente

Provision adicional primeraReferencia del título en el marco europeo

Provision adicional segundaOferta a distancia de los módulos de enseñanza deportiva de los presentes títulos

Provision adicional terceraReferencias genéricas

Provision derogatoria únicaDerogación de normas

Provision final primeraTítulo competencial

Provision final segundaImplantación del Título

Provision final terceraAutorización para el desarrollo

Provision final cuartaEntrada en vigor