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Real Decreto 101 units
Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) n.º 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento IMI).
Real Decreto 581/2017es-royal-decree-2017-06-09-581Jun 10, 2017
- Preamble Preámbulo
- Article 1 Objeto
- Article 2 Ámbito de aplicación
- Article 3 Efectos del reconocimiento
- Article 4 Definiciones
- Article 5 Expedición de la tarjeta profesional europea
- Article 6 Solicitud de la tarjeta profesional europea y creación de un expediente IMI
- Article 7 Procedimiento
- Article 8 Tarjeta profesional europea para la prestación temporal y ocasional de servicios distintos de los contemplados en el artículo 13, apartado 4
- Article 9 Tarjeta profesional europea para el establecimiento y la prestación temporal y ocasional de servicios en virtud del artículo 13, apartado 4
- Article 10 Tratamiento y acceso a los datos relativos a la tarjeta profesional europea
- Article 11 Normas relativas al acceso parcial a una determinada profesión
- Article 12 Principio de libre prestación de servicios
- Article 13 Declaración previa en los casos de desplazamiento
- Article 14 Dispensas
- Article 15 Verificación previa en profesiones que tengan implicaciones para la salud o seguridad pública
- Article 16 Cooperación administrativa
- Article 17 Información de carácter suplementario para los destinatarios del servicio
- Article 18 Ámbito de aplicación
- Article 19 Niveles de cualificación profesional
- Article 20 Formaciones equiparadas
- Article 21 Condiciones para el reconocimiento
- Article 22 Medidas compensatorias
- Article 23 Prueba de aptitud
- Article 24 Periodo de prácticas
- Article 25 Exigencias relativas a la experiencia profesional
- Article 26 Actividades mencionadas en la Lista I del anexo II
- Article 27 Actividades mencionadas en la Lista II del anexo II
- Article 28 Actividades mencionadas en la Lista III del anexo II
- Article 29 Reconocimiento automático de cualificaciones profesionales. Marco general
- Article 30 Disposiciones generales sobre derechos adquiridos
- Article 31 Derechos adquiridos en la antigua República Democrática Alemana
- Article 32 Derechos adquiridos en la antigua Checoslovaquia, República Checa y República Eslovaca
- Article 33 Derechos adquiridos en la antigua Unión Soviética, Estonia, Letonia y Lituania
- Article 34 Derechos adquiridos en la antigua Yugoslavia
- Article 35 Formación básica en Medicina
- Article 36 Formación médica especializada
- Article 37 Denominaciones de las formaciones médicas especializadas
- Article 38 Derechos adquiridos específicos de los médicos especialistas y de los médicos especialistas italianos
- Article 39 Formación específica en Medicina general
- Article 40 Reconocimiento de la cualificación profesional de médico general
- Article 41 Derechos adquiridos específicos de los médicos generales
- Article 42 Formación en Enfermería responsable de cuidados generales
- Article 43 Derechos adquiridos específicos de las enfermeras responsables de cuidados generales
- Article 44 Derechos adquiridos específicos de las enfermeras responsables de cuidados generales tituladas en Polonia
- Article 45 Derechos adquiridos específicos de las enfermeras de cuidados generales tituladas en Rumanía
- Article 46 Formación en Odontología
- Article 47 Ejercicio de las actividades profesionales de odontólogo
- Article 48 Derechos adquiridos específicos de los odontólogos
- Article 49 Derechos adquiridos específicos de los odontólogos en Italia
- Article 50 Formación básica en Veterinaria
- Article 51 Derechos adquiridos específicos de los veterinarios en Estonia
- Article 52 Formación de matrona
- Article 53 Modalidades de reconocimiento de los títulos de formación de matrona
- Article 54 Ejercicio de las actividades profesionales de enfermera especialista obstétrico-ginecológica (matrona)
- Article 55 Derechos adquiridos específicos de las matronas
- Article 56 Derechos adquiridos específicos de las matronas en la antigua República Democrática Alemana
- Article 57 Derechos adquiridos específicos de las matronas en Polonia
- Article 58 Derechos adquiridos específicos de las matronas en Rumanía y Croacia
- Article 59 Formación básica en Farmacia
- Article 60 Ejercicio de las actividades profesionales de farmacéutico
- Article 61 Formación básica en Arquitectura
- Article 62 Excepciones a las condiciones de la formación de arquitecto
- Article 63 Ejercicio de las actividades profesionales de arquitecto
- Article 64 Derechos adquiridos específicos de los arquitectos por la existencia de un título de formación
- Article 65 Derechos adquiridos específicos de los arquitectos por la existencia de un certificado profesional
- Article 66 Marco común de formación
- Article 67 Pruebas comunes de formación
- Article 68 Documentación y formalidades
- Article 69 Juramento o promesa profesional
- Article 70 Procedimiento de reconocimiento de cualificaciones profesionales
- Article 71 Uso del título profesional español y obligaciones del profesional reconocido
- Article 72 Conocimientos lingüísticos
- Article 73 Uso de títulos académicos otorgados por el Estado miembro de origen
- Article 74 Reconocimiento de los períodos de prácticas profesionales
- Article 75 Cooperación administrativa entre las autoridades competentes
- Article 76 Coordinación de las actividades de las autoridades competentes
- Article 77 Mecanismo de alerta
- Article 78 Acceso central en línea a la información
- Article 79 Procedimientos por vía electrónica
- Article 79 bis Validación de los documentos
- Article 80 Centros de asistencia
- Article 81 Relación de profesiones reguladas en España
- Article 82 Otros informes
- Provision adicional primera Mecanismos de cooperación
- Provision adicional segunda Prevención del fraude y otras prácticas ilícitas
- Provision adicional tercera Registros de Profesionales Sanitarios
- Provision adicional cuarta Espacio Económico Europeo
- Provision adicional quinta Acceso al empleo público
- Provision adicional sexta
- Provision adicional séptima Intercambio de información entre registros
- Provision adicional octava Tramitación electrónica de los procedimientos de reconocimiento de cualificaciones profesionales en la Administración General del Estado
- Provision adicional novena Tramitación electrónica de los procedimientos de reconocimiento de cualificaciones profesionales en las Comunidades Autónomas
- Provision adicional décima Sobre necesidades de profesionales sanitarios
- Provision transitoria única Procedimientos en tramitación
- Provision derogatoria única
- Provision final primera Modificación del Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios
- Provision final segunda Incorporación de derecho de la Unión Europea
- Provision final tercera Normas de desarrollo y actualización de anexos
- Provision final cuarta Título competencial
- Provision final quinta Entrada en vigor