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Real Decreto 37 units
Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
Real Decreto 897/2017es-royal-decree-2017-10-06-897Oct 7, 2017
- Preamble Preámbulo
- Article 1 Objeto
- Article 2 Ámbito de aplicación
- Article 3 Definición de consumidor vulnerable
- Article 4 Consumidor en riesgo de exclusión social
- Article 5 Obligaciones de información para la protección al consumidor que cumpla los requisitos para ser considerado vulnerable
- Article 6 Bono social de aplicación al consumidor vulnerable
- Article 7 Solicitud del bono social
- Article 8 Comprobación de los requisitos para la aplicación del bono social
- Article 9 Aplicación del bono social
- Article 10 Renovación del bono social
- Article 11 Obligación de actualización de datos
- Article 12 Financiación del coste del suministro de electricidad del consumidor en riesgo de exclusión social
- Article 13 Financiación del bono social y del coste del suministro de electricidad de los consumidores a que hacen referencia los artículos 52.4.j) y 52.4.k) de la Ley del Sector Eléctrico
- Article 14
- Article 14 bis Reglas y criterios para el reparto de las cantidades a financiar en cada segmento de actividad
- Article 15 Método de cálculo de las cuantías de reparto
- Article 16 Procedimiento de liquidación de las cantidades a financiar
- Article 17 Regularización de las cantidades a financiar
- Article 18 Período de pago de la factura eléctrica
- Article 19 Plazos para la solicitud de la suspensión de suministro de electricidad por impago para personas físicas en su vivienda habitual
- Article 20 No suspensión del suministro de electricidad al consumidor en riesgo de exclusión social ni al consumidor a que hace referencia el artículo 52.4.k) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre
- Article 21 Procedimientos de comunicación
- Provision adicional primera Plazo de solicitud del bono social
- Provision adicional segunda Remisión de información por los distribuidores sobre cortes de suministro
- Provision adicional tercera Comprobación de los requisitos para el bono social a través de otros mecanismos telemáticos que se articulen desde la Administración General del Estado
- Provision adicional cuarta Referencias a la unidad de convivencia
- Provision transitoria primera Consumidores acogidos al bono social a la entrada en vigor de la orden del Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital por la que se desarrolla el presente real decreto
- Provision transitoria segunda Implementación de la aplicación telemática
- Provision transitoria tercera Contratos que incluyan cláusulas que limiten el acogimiento del consumidor al PVPC
- Provision transitoria cuarta Plazo para la comunicación del resultado de las comprobaciones y primeras facturaciones del bono social
- Provision derogatoria única Derogación normativa
- Provision final primera
- Provision final segunda Modificación del Real Decreto 1435/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de los contratos de adquisición de energía y de acceso a las redes en baja tensión
- Provision final tercera Título competencial
- Provision final cuarta Desarrollo normativo
- Provision final quinta Entrada en vigor