Real Decreto 640/2021

Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios.

Preamble Preámbulo

Article 1Objeto

Article 2Denominaciones: Universidad y centros universitarios

Article 3Creación y reconocimiento de universidades

Article 4Condiciones, requisitos y procedimiento para la creación y reconocimiento de una universidad o un centro universitario en el sistema universitario español

Article 5Condiciones y requisitos para la creación y reconocimiento de una universidad en el ámbito de la actividad docente

Article 6Condiciones y requisitos para la creación y reconocimiento de una universidad en la actividad investigadora y de transferencia de conocimiento

Article 7Condiciones y requisitos para la creación y reconocimiento de una universidad con relación al personal docente e investigador

Article 8Condiciones y requisitos para la creación y reconocimiento de una universidad con relación a las instalaciones y equipamientos

Article 9Garantía de calidad, de experiencia en gestión universitaria y de sostenibilidad económica de la universidad

Article 10Estatutos y normas de organización y funcionamiento de las universidades

Article 11Autorización de inicio de actividades de una universidad

Article 12Supervisión y control

Article 13Condiciones y requisitos básicos para la adscripción y funcionamiento de los centros docentes adscritos a universidades

Article 14Procedimiento para la acreditación institucional de los centros de las universidades públicas y privadas

Article 15Autorización de centros que impartan enseñanzas con arreglo a sistemas educativos extranjeros

Article 16Requisitos para la autorización

Article 17Efectos de la obtención de la autorización administrativa

Article 18Sistema Integrado de Información Universitaria

Article 19Comité de aseguramiento del comportamiento ético en el desarrollo de la investigación y la transferencia del personal docente e investigador

Provision adicional primeraUniversidades con especificidades académicas

Provision adicional segundaReferencias normativas

Provision adicional terceraTratados o convenios internacionales

Provision adicional cuartaCreación, adquisición y adscripción de facultades, escuelas y centros por una universidad en una Comunidad Autónoma diferente de la de ubicación de su sede social

Provision adicional quintaUniversidades privadas con sistema de precios públicos de sus titulaciones oficiales

Provision adicional quinta bis

Provision adicional sextaReferencias a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades

Provision adicional séptimaNo incremento de gasto público

Provision adicional octavaPublicidad e información pública de la validez y tipología de las titulaciones oficiales universitarias

Provision adicional novenaLimitaciones de solicitudes de la verificación de nuevas titulaciones oficiales o de la modificación sustancial de las mismas

Provision adicional décimaDe la publicación de los principales resultados e indicadores que reflejen la actividad docente, investigadora y de transferencia

Provision adicional décima primera

Provision adicional décima segunda

Provision adicional décima tercera

Provision adicional décima cuarta

Provision transitoria primeraAdaptación de las universidades y centros universitarios a los requisitos previstos en este real decreto

Provision transitoria segundaRequisitos de personal durante la implantación progresiva de las enseñanzas

Provision transitoria terceraCentros adscritos a más de una universidad

Provision derogatoria únicaDerogación normativa

Provision final primeraCarácter básico y títulos competenciales

Provision final segundaHabilitación normativa

Provision final terceraEntrada en vigor