Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo del Grupo Acciona Energía.
Article 4Ámbito territorial
El presente convenio colectivo regirá en todos los centros de trabajo y lugares de trabajo de las empresas incluidas en su ámbito funcional de aplicación, tanto los centros y lugares actualmente existentes como los que pudieran crearse en el futuro y ubicadas en cualquier parte del territorio nacional en que aquellas desarrollen sus actividades empresariales y se aplicará con preferencia a lo dispuesto en las demás normas laborales. Asimismo, será de aplicación para las personas trabajadoras que, de forma temporal, realicen sus funciones en el extranjero con motivo de viajes o desplazamientos de trabajo según lo regulado en el artículo 20 del capítulo IV del presente convenio colectivo.