Resolución de 11 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Iman Temporing ETT, SL.
Article 17Período de prueba
El periodo de prueba se regulará por lo establecido en el convenio colectivo estatal de empresas de trabajo temporal vigente en cada momento. Durante el período de prueba cualquiera de las partes podrá rescindir el contrato sin necesidad de preaviso, justificación o causa.