Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo WFS Ground Handling.
Article 45Salario base y gratificaciones extraordinarias
Salario base: Es la cantidad fija, que retribuye la prestación de servicios de la persona trabajadora de acuerdo con su categoría profesional en la cuantía prevista en las Tablas Salariales. Dicha cuantía está establecida en base anual e incluye 14 mensualidades, 12 ordinarias y 2 extraordinarias. Gratificaciones extraordinarias: Se establecen dos gratificaciones extraordinarias, que serán abonadas en los meses de julio y diciembre. El devengo de estas pagas será semestral; de enero a junio y de julio a diciembre, respectivamente, del mismo año del abono. El importe de cada una de las pagas extraordinarias corresponderá a un salario base mensual, así como el complemento ad personam que, en su caso, pueda corresponder. El personal ingresado en el transcurso del año o que cesara durante el mismo, percibirá el importe correspondiente a este concepto prorrateando el tiempo efectivamente trabajado durante el año.