Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo del Grupo Enagás.
Article 55Empresas contratistas
Se exigirá a las empresas contratistas el cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley en materia de prevención de riesgos, incluyendo su correspondiente planificación de la actividad preventiva, información sobre el responsable de seguridad de los trabajos a desarrollar, la descripción de sus riesgos y medidas de prevención, la acreditación de que sus trabajadores están debidamente formados en la prevención de los riesgos propios de su oficio y de que se les ha transmitido información de los existentes en los centros de trabajo del Grupo Enagas donde vayan a prestar sus servicios, su plan de inspecciones en los casos en que sea necesario, y cualquier otro requisito legalmente exigible desde el punto de vista de la prevención de riesgos. Para ello, previamente a la realización de los trabajos se informará a las empresas contratistas de los riesgos, medidas de prevención y normativa de seguridad existentes en los centros de trabajo del Grupo Enagás donde vayan a prestar sus servicios. Para los trabajos que así lo requieran de acuerdo con la legislación vigente, se exigirá a la empresa contratista la realización de un Estudio y/o Plan de Seguridad. En la fase de ejecución de los trabajos se utilizarán los permisos de trabajo que para cada caso estén en vigor. La Dirección podrá fijar los niveles mínimos de formación en materia de seguridad del personal de las empresas cuyos servicios contrate. Para garantizar la coordinación del Grupo Enagas con las empresas contratistas se potenciará la utilización de medios como los siguientes: – Reuniones periódicas con las Direcciones de estas empresas. – Contactos periódicos con sus Servicios de Prevención. – Reuniones previas a las paradas, grandes trabajos o similares, para la coordinación y seguimiento de éstos. Los contratistas deberán comunicar al Servicio de Prevención del Grupo Enagás sus datos de accidentalidad y los informes de investigación de los accidentes con baja que se produzcan en sus trabajos para Enagas. Por otra parte, se establecerán inspecciones para evaluar el grado de cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos y seguridad del Grupo Enagas, los requerimientos de los permisos de trabajo y los planes de seguridad de las empresas contratistas. Todo lo indicado para empresas contratistas del Grupo Enagás será de aplicación a subcontratistas de aquéllas.
Beneficios sociales