Resolución de 15 de septiembre de 2026, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la Federación Española de Petanca.
Article 57El Juez Único de Disciplina
1. El Juez Único de Disciplina de la FEP es el órgano al que le corresponde la resolución de las cuestiones disciplinarias que agotan la vía federativa, contra las que se podrá interponer recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte.
2. Será designado por la Comisión delegada de la Asamblea general a propuesta de la Junta directiva, por un período de cuatro años, siendo titulado en Derecho, sin que se requiera su pertenencia al ámbito federativo.
3. Será incompatible con cualquier otro cargo dentro de la Junta Directiva, así como con la condición de miembro de la Asamblea General.