Resolución de 28 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Severiano Servicio Móvil, SAU.
Article 44Dietas y gastos de locomoción
Todos los viajes por cuenta de la empresa deberán ser conocidos y autorizados, previamente a su inicio, por la dirección de la empresa. Las personas trabajadoras que por necesidades de la empresa tengan que efectuar desplazamientos temporales que exijan que éstos residan en población distinta de la de su domicilio habitual, percibirán en concepto de dietas las cantidades siguientes: – Dieta (gastos de manutención y estancia): será de 77,50 euros brutos/día para todos los grupos profesionales. Desayuno 4,50 euros, Comida 14,00 euros, Cena 14,00 euros y Alojamiento 45,00 euros. La cantidad de alojamiento se podrá sustituir, de forma voluntaria, por la reserva y abono directo del hotel por parte de la empresa. Estos valores se aplicarán a partir del mes siguiente de la firma del convenio. Cuando por parte de la dirección se autorice la utilización de vehículo propio, los gastos de locomoción se abonarán a razón de 0,26 euros brutos/kilómetro. Todas las personas trabajadoras desplazadas deberán justificar, a través de la entrega de los recibos correspondientes, los gastos de autopista, aparcamiento, hotel, billete de transporte público, repostaje de combustible de vehículo de alquiler, etc. Con el objetivo de acreditar ante la Seguridad Social y la Agencia Tributaria la realidad del gasto del desplazamiento, todas las personas trabajadoras desplazadas también deberán justificar, a través de la entrega de los recibos el gasto del desayuno, comida y cena con los valores máximos indicados en el presente artículo. Como norma habitual, la empresa se encarga de organizar y abonar directamente los gastos de alojamiento de las personas trabajadoras desplazadas, no obstante, a solicitud de la persona trabajadora, se podrá sustituir por el abono de la cantidad establecida por el alojamiento (45,00 euros). La persona trabajadora desplazada temporalmente tendrá derecho a solicitar un anticipo semanal de las dietas.