Resolución de 28 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de estaciones de servicio.
Article 21Penosidad
Los trabajos de limpieza en el interior de tanques, calderas o cualquier depósito dedicado al almacenamiento de carburantes no podrán ser desempeñados por el personal incluido en el presente convenio colectivo.
Tiempo de trabajo y ordenación del mismo