Resolución de 2 de octubre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del sector de pastas, papel y cartón.
Article 4Organización del Trabajo
La facultad de organización del trabajo corresponde a la Dirección de la Empresa. Esta facultad se ejercerá con sujeción a las normas contenidas en este Convenio colectivo y respetando las disposiciones de carácter general vigentes en cada momento.
Clasificación del personal en razón de sus funciones