Resolución de 2 de octubre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVIII Convenio colectivo de la Organización Nacional de Ciegos y su personal.
Article 86Reconocimientos médicos
Los reconocimientos y pruebas de vigilancia de la salud tendrán carácter obligatorio en todos los supuestos en que la ley así lo establezca. En particular, serán obligatorios los reconocimientos de los trabajadores y trabajadoras que reanuden su actividad tras una ausencia prolongada por motivos de salud.
Seguridad y salud en el trabajo