Resolución de 6 de octubre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el I Convenio colectivo de trabajo de Carglass, SLU.
Article 32Complemento Mobile
El complemento funcional que las personas trabajadoras venían percibiendo por llevar a cabo tareas denominadas «mobile» pasará a denominarse «Complemento Mobile». Únicamente tendrán derecho a percibir este complemento las personas trabajadoras cuyo puesto de trabajo sea el de Mobile Technician y que perciban un salario anual inferior a 27.030 euros, integrándose en el salario global en aquellos casos en los que se perciba un salario superior. En consecuencia, una vez que el salario anual de la persona trabajadora supere el mencionado importe o deje de estar encuadrado dentro del puesto de Mobile Technician, el complemento dejará de ser aplicable. El complemento anual será la diferencia entre el salario fijo de la persona trabajadora con todos sus conceptos fijos y los 27.030 euros brutos anuales indicados y su abono será en 12 mensualidades. La referencia de 27.030 euros brutos se actualizará en el mismo porcentaje que se pacte para las tablas salariales.