X 2026050113/doe

Plan INFOEX.-Orden de 9 de octubre de 2026 por la que se declara la época de peligro bajo de incendios forestales, se establece la regulación de usos y actividades durante dicha época, y se desarrollan las medidas generales y las medidas de autoprotección.

Annex XIIMEDIDAS GENERALES Y MEDIDAS DE AUTOPROTECCIÓN

Article 1Objeto

Article 2Definiciones

Article 3Ámbito de aplicación, visores cartográficos y visor de Índice de Peligro AEMET – IPIF:

Article 4Época de Peligro Bajo

Article 5Eliminación de residuos vegetales en el entorno agrario: prohibiciones, supuestos excluidos y supuestos autorizados

Article 6Régimen de intervención administrativa

Article 7Facultades del órgano competente

Article 8Usos y actividades prohibidos

Article 9Usos y actividades sometidos a autorización

Article 10Procedimiento de autorización de la Comunidad Autónoma

Article 11Usos y actividades sometidos a declaración responsable

Article 12Procedimiento de declaración responsable

Article 13Declaraciones responsables para actividades con máquinas recolectoras

Article 14Precauciones específicas para determinados usos y actividades

Article 15Medidas Generales en terrenos forestales no sujetos a planificación preventiva

Article 16Medidas de Autoprotección en lugares susceptibles y/o vulnerables no sujetos a Memoria Técnica de Prevención

Article 17Vigilancia e inspección

Article 18Responsabilidades

Provision adicional primeraExenciones para usos y actividades realizados mediante ejecución directa de medios propios de la Consejería competente en materia de incendios forestales, adscritos al Plan INFOEX

Provision adicional segundaExenciones relativas a declaraciones responsables para aprovechamientos de madera en Zonas de Actuación Urgente

Provision adicional terceraCondicionado de autorizaciones y prescripciones regulatorias del disfrute de aprovechamientos forestales

Provision final únicaVigencia