Ley 19.657

SOBRE CONCESIONES DE ENERGIA GEOTERMICA

Artículo 1Las normas de esta ley regularán:

Artículo 2Las disposiciones de esta ley no se

Artículo 3Se entenderá por energía geotérmica

Artículo 4La energía geotérmica, cualesquiera

Artículo 5La concesión de energía geotérmica

Artículo 6La concesión de energía geotérmica

Artículo 7La extensión territorial de la

Artículo 8Corresponderá al Ministerio de

Artículo 9La producción, el transporte, la

Artículo 10Toda persona natural chilena y toda

Artículo 11Las solicitudes de concesión de

Artículo 12El Ministerio de Energía podrá

Artículo 13Un extracto de la solicitud de

Artículo 14El titular de una concesión de

Artículo 15Transcurrido el plazo de cuarenta y

Artículo 16Sin perjuicio de lo preceptuado en los

Artículo 17Las licitaciones que se convoquen por el

Artículo 18Sin perjuicio de las acciones judiciales

Artículo 19Si no se hubieren deducido reclamaciones

Artículo 20El decreto de concesión de exploración

Artículo 21La concesión de energía geotérmica

Artículo 22Sólo el concesionario de exploración o

Artículo 23Derogado

Artículo 24Las concesiones de energía geotérmica

Artículo 25Las concesiones serán transmisibles por

Artículo 26Desde la fecha de entrada en vigencia de

Artículo 27El titular de la concesión de energía

Artículo 28En terrenos comprendidos en una

Artículo 29Si, con motivo de la explotación de la

Artículo 30Las dificultades que se susciten entre

Artículo 31El titular de la concesión de energía

Artículo 32La concesión de explotación de

Artículo 33Una cantidad igual al producto de las

Artículo 34La Tesorería General de la República

Artículo 35El concesionario de exploración,

Artículo 36El período de vigencia de la concesión

Artículo 37El concesionario de explotación deberá

Artículo 38En el caso de que dos o más concesiones

Artículo 39La concesión geotérmica de

Artículo 40El juez de letras en cuyo territorio

Artículo 41La concesión de energía geotérmica es

Artículo 42En el evento de caducidad, extinción o

Artículo 43Toda infracción de las disposiciones de

Artículo 44El que sustrajere energía geotérmica a

Artículo 45Agrégase al inciso tercero del

Artículo Las personas naturales o

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