🇨🇱 Chile
Derogada parcialmente Ley 46 unidades
SOBRE CONCESIONES DE ENERGIA GEOTERMICA
Ley 19.657cl-law-2000-01-07-196574 nov 2024
- Artículo 1 Las normas de esta ley regularán:
- Artículo 2 Las disposiciones de esta ley no se
- Artículo 3 Se entenderá por energía geotérmica
- Artículo 4 La energía geotérmica, cualesquiera
- Artículo 5 La concesión de energía geotérmica
- Artículo 6 La concesión de energía geotérmica
- Artículo 7 La extensión territorial de la
- Artículo 8 Corresponderá al Ministerio de
- Artículo 9 La producción, el transporte, la
- Artículo 10 Toda persona natural chilena y toda
- Artículo 11 Las solicitudes de concesión de
- Artículo 12 El Ministerio de Energía podrá
- Artículo 13 Un extracto de la solicitud de
- Artículo 14 El titular de una concesión de
- Artículo 15 Transcurrido el plazo de cuarenta y
- Artículo 16 Sin perjuicio de lo preceptuado en los
- Artículo 17 Las licitaciones que se convoquen por el
- Artículo 18 Sin perjuicio de las acciones judiciales
- Artículo 19 Si no se hubieren deducido reclamaciones
- Artículo 20 El decreto de concesión de exploración
- Artículo 21 La concesión de energía geotérmica
- Artículo 22 Sólo el concesionario de exploración o
- Artículo 23 Derogado
- Artículo 24 Las concesiones de energía geotérmica
- Artículo 25 Las concesiones serán transmisibles por
- Artículo 26 Desde la fecha de entrada en vigencia de
- Artículo 27 El titular de la concesión de energía
- Artículo 28 En terrenos comprendidos en una
- Artículo 29 Si, con motivo de la explotación de la
- Artículo 30 Las dificultades que se susciten entre
- Artículo 31 El titular de la concesión de energía
- Artículo 32 La concesión de explotación de
- Artículo 33 Una cantidad igual al producto de las
- Artículo 34 La Tesorería General de la República
- Artículo 35 El concesionario de exploración,
- Artículo 36 El período de vigencia de la concesión
- Artículo 37 El concesionario de explotación deberá
- Artículo 38 En el caso de que dos o más concesiones
- Artículo 39 La concesión geotérmica de
- Artículo 40 El juez de letras en cuyo territorio
- Artículo 41 La concesión de energía geotérmica es
- Artículo 42 En el evento de caducidad, extinción o
- Artículo 43 Toda infracción de las disposiciones de
- Artículo 44 El que sustrajere energía geotérmica a
- Artículo 45 Agrégase al inciso tercero del
- Artículo Las personas naturales o