DFL 8

ESTABLECE NORMAS SOBRE ALCOHOLES Y BEBIDAS ALCOHOLICAS

Artículo 1o- Introdúcense las siguientes modificaciones al Libro I de la ley N° 11

Artículo segundoIntrodúcense las siguientes modificaciones al Libro II de la ley 11

Artículo terceroDeróganse los siguientes artículos de la ley N

Artículo cuartoDerógase la ley 7

Artículo quintoSustitúyese en todas las disposiciones de la ley 6

Artículo sextoReemplázase el artículo 9, de la ley 6

Artículo 1o- Mientras no se dicten los nuevos Reglamentos para la aplicación de los Libros Primero y Segundo de la Ley de Alcoholes y Bebidas Alcohólicas y de la ley N

Artículo 2o- Los interesados a que hace referencia el artículo 4

Artículo 3

Artículo 4

Artículo 5o- Con el objeto de gozar de las franquicias establecidas en las leyes 15

Artículo 6o- El Servicio Agrícola y Ganadero podrá exigir, dentro del plazo de noventa días, una declaración jurada a los propietarios o tenedores de viñas a cualquier título en la cual especifiquen el N

Artículo 7

Artículo 8

Artículo 9

Artículo 10

Artículo 11

Artículo 12o- Los elaboradores de vinos a que hace referencia el artículo 4

Artículo 13o- Antes del 1

Artículo 14

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

citenza.io