ESTABLECE ESTATUTO DEL PERSONAL DE CARABINEROS DE CHILE
Artículo 20Habrá tres Juntas Calificadoras para el Personal de Nombramiento Supremo: H
Vigente · versión de 17 oct 1968
Artículo 20º.- Habrá tres Juntas Calificadoras para el Personal de Nombramiento Supremo: H. Junta Calificadora de Méritos, H. Junta Calificadora de Méritos y de Apelaciones y H. Junta Superior de Apelaciones. La composición y atribuciones de estas Juntas las determinará el respectivo Reglamento.