🇨🇱 Cile
In vigore Ley 50 unità

CREA LA UNIDAD DE ANALISIS FINANCIERO Y MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE LAVADO Y BLANQUEO DE ACTIVOS

Ley 19.913cl-law-2003-12-18-199134 set 2024

Unidad de Análisis FinancieroLavado de DineroLey no. 19.913

  1. Sección 1. Párrafo 1º
  2. Articolo 1 Créase la Unidad de Análisis
  3. Articolo 2 La Unidad de Análisis Financiero
  4. Sección 2. Párrafo 2º
  5. Articolo 3 Las personas naturales y las personas
  6. Articolo 4 El deber de informar previsto en el
  7. Articolo 5 Las entidades descritas en el artículo
  8. Articolo 6 Prohíbese a las personas e
  9. Articolo 7 La infracción a lo dispuesto en el
  10. Sección 3. Párrafo 3º
  11. Articolo 8 El Director tendrá la representación
  12. Articolo 9 En caso de ejercerse acciones en contra
  13. Articolo 10 Para desempeñar el cargo de Director de
  14. Articolo 11 El personal de planta y a contrata de la
  15. Articolo 12 La calidad de funcionario directivo de
  16. Articolo 13 El que preste servicios, a cualquier
  17. Articolo 14 La Unidad de Análisis Financiero podrá
  18. Articolo 15 Queda estrictamente prohibido al
  19. Articolo 16 El régimen de remuneraciones del
  20. Articolo 17 La Unidad contará con la siguiente
  21. Articolo 18 El patrimonio de la Unidad de Análisis
  22. TÍTULO II. TITULO II
  23. Articolo 19 Las personas naturales o jurídicas que
  24. Articolo 20 La comisión de las infracciones
  25. Articolo 21 En el caso que la infracción haya sido
  26. Articolo 22 Los procedimientos administrativos para
  27. Articolo 22 bis Tratándose de hechos u omisiones
  28. Articolo 23 En contra de las resoluciones de la
  29. Articolo 24 Los afectados por resoluciones de la
  30. Articolo 25 La Unidad comunicará la aplicación de
  31. Articolo 26 Los plazos administrativos establecidos
  32. TÍTULO III. TITULO III
  33. Articolo 27 Será castigado con presidio mayor en
  34. Articolo 28 Los que se asociaren u organizaren con
  35. Articolo 29 Agrégase, al final del inciso segundo
  36. Articolo 30 Agrégase, en el artículo 14 de la Ley
  37. Articolo 31 La investigación de los delitos a que
  38. Articolo 32 En la investigación de los delitos
  39. Articolo 33 Sin perjuicio de lo dispuesto en la
  40. Articolo 33 bis Sin perjuicio de lo establecido en
  41. Articolo 34 Deróganse los artículos 12 y 17 de la
  42. Articolo 35 Toda referencia hecha en cualquier ley o
  43. Articolo 36 Los bienes incautados o el producto de
  44. Articolo 37 Durante la investigación de los delitos
  45. Articolo 38 Las personas naturales y jurídicas
  46. Articolo 39 La infracción de lo dispuesto en el
  47. Articolo 40 Todas las personas naturales o
  48. Articolo 41 El funcionario público que, en razón
  49. Articolo 1 En aquellas regiones en que no haya
  50. Articolo 2 Sin perjuicio de lo dispuesto en el
  51. Articolo 3 Sin perjuicio de lo dispuesto en los
  52. Articolo 4 El mayor gasto fiscal que represente la
  53. Articolo 5 El Presidente de la República,
  54. Articolo 6 Fíjase la dotación máxima de
  55. Articolo 7 Lo dispuesto en el Párrafo 2º del
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