🇨🇱 Chile
In force Ley 50 units

CREA LA UNIDAD DE ANALISIS FINANCIERO Y MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE LAVADO Y BLANQUEO DE ACTIVOS

Ley 19.913cl-law-2003-12-18-19913Sep 4, 2024

Unidad de Análisis FinancieroLavado de DineroLey no. 19.913

  1. Sección 1. Párrafo 1º
  2. Article 1 Créase la Unidad de Análisis
  3. Article 2 La Unidad de Análisis Financiero
  4. Sección 2. Párrafo 2º
  5. Article 3 Las personas naturales y las personas
  6. Article 4 El deber de informar previsto en el
  7. Article 5 Las entidades descritas en el artículo
  8. Article 6 Prohíbese a las personas e
  9. Article 7 La infracción a lo dispuesto en el
  10. Sección 3. Párrafo 3º
  11. Article 8 El Director tendrá la representación
  12. Article 9 En caso de ejercerse acciones en contra
  13. Article 10 Para desempeñar el cargo de Director de
  14. Article 11 El personal de planta y a contrata de la
  15. Article 12 La calidad de funcionario directivo de
  16. Article 13 El que preste servicios, a cualquier
  17. Article 14 La Unidad de Análisis Financiero podrá
  18. Article 15 Queda estrictamente prohibido al
  19. Article 16 El régimen de remuneraciones del
  20. Article 17 La Unidad contará con la siguiente
  21. Article 18 El patrimonio de la Unidad de Análisis
  22. TÍTULO II. TITULO II
  23. Article 19 Las personas naturales o jurídicas que
  24. Article 20 La comisión de las infracciones
  25. Article 21 En el caso que la infracción haya sido
  26. Article 22 Los procedimientos administrativos para
  27. Article 22 bis Tratándose de hechos u omisiones
  28. Article 23 En contra de las resoluciones de la
  29. Article 24 Los afectados por resoluciones de la
  30. Article 25 La Unidad comunicará la aplicación de
  31. Article 26 Los plazos administrativos establecidos
  32. TÍTULO III. TITULO III
  33. Article 27 Será castigado con presidio mayor en
  34. Article 28 Los que se asociaren u organizaren con
  35. Article 29 Agrégase, al final del inciso segundo
  36. Article 30 Agrégase, en el artículo 14 de la Ley
  37. Article 31 La investigación de los delitos a que
  38. Article 32 En la investigación de los delitos
  39. Article 33 Sin perjuicio de lo dispuesto en la
  40. Article 33 bis Sin perjuicio de lo establecido en
  41. Article 34 Deróganse los artículos 12 y 17 de la
  42. Article 35 Toda referencia hecha en cualquier ley o
  43. Article 36 Los bienes incautados o el producto de
  44. Article 37 Durante la investigación de los delitos
  45. Article 38 Las personas naturales y jurídicas
  46. Article 39 La infracción de lo dispuesto en el
  47. Article 40 Todas las personas naturales o
  48. Article 41 El funcionario público que, en razón
  49. Article 1 En aquellas regiones en que no haya
  50. Article 2 Sin perjuicio de lo dispuesto en el
  51. Article 3 Sin perjuicio de lo dispuesto en los
  52. Article 4 El mayor gasto fiscal que represente la
  53. Article 5 El Presidente de la República,
  54. Article 6 Fíjase la dotación máxima de
  55. Article 7 Lo dispuesto en el Párrafo 2º del