🇨🇱 Cile
In vigore DFL 182 unità
ESTATUTO DEL PERSONAL DE POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE.
DFL 1cl-legislative-decree-1980-11-11-111 mar 2025
- Articolo 1 El Personal de Policía de
- Articolo 2 Quedará afecto a este Estatuto:
- Articolo 3 El personal de trabajadores a jornal de
- Articolo 4 Los funcionarios que ocupen cargos de la
- Articolo 5 Para los efectos del presente Estatuto
- Articolo 6 El personal de la Planta de Policía de
- Articolo 7 El personal de Nombramiento Supremo, de
- Articolo 8 Los grados y jerarquías de los
- Articolo 9 La Ley de Presupuestos determinará
- Articolo 10 El personal de Nombramiento
- Articolo 11 No obstante lo expresado en el
- Articolo 12 Las dotaciones que integran los
- Articolo 13 El Presidente de la República, a
- Articolo 14 Para ingresar a Policía de
- Articolo 15 El nombramiento de los Oficiales y del
- Articolo 16 El nombramiento de los Detectives del
- Articolo 17 El nombramiento de los Oficiales de
- Articolo El nombramiento del personal de la
- Articolo El nombramiento del personal de la
- Articolo 18 Los peritos serán designados por el
- Articolo 19 Los funcionarios de la Planta de la
- Articolo 20 El nombramiento de los empleados
- Articolo 21 Los empleados nombrados en calidad de
- Articolo 22 Las suplencias se regirán por las
- Articolo 23 Cuando fuere procedente la
- Articolo 24 El Director General será subrogado
- Articolo 25 El personal en retiro temporal sólo
- Articolo 26 El Director General de Investigaciones
- Articolo 27 El Director General podrá, además,
- Articolo 28 La Dirección General, asimismo,
- Articolo 29 La Dirección General de
- Articolo 30 El sistema de Ascensos del personal de
- Articolo 31 Ningún funcionario podrá ascender en
- Articolo 32 El personal de las siguientes Plantas,
- Articolo 33 Al personal señalado en el artículo
- Articolo 34 El Director General, los Prefectos
- Articolo 35 Los funcionarios del Escalafón de
- Articolo 36 Para ascender al grado de Prefecto
- Articolo 37 Para ascender al grado de Subprefecto
- Articolo 38 En caso de que un funcionario no
- Articolo 39 El Director General, mediante
- Articolo 40 Cuando por falta de requisitos legales
- Articolo 41 Se entiende por Antiguedad el orden
- Articolo 42 Dentro de cada Escalafón, la
- Articolo 43 La antigüedad de los Oficiales entre
- Articolo 44 En el decreto de nombramiento de los
- Articolo 45 La antigüedad del personal de Apoyo
- Articolo 46 Los funcionarios de la Planta de
- Articolo 47 En materia de antiguedad regirán,
- Articolo 48 Se entiende por rango, la calidad
- Articolo 49 Se entiende por mando, la autoridad
- Articolo 50 La Jefatura Superior de Policía de
- Articolo 51 Mando Policial es el que corresponde
- Articolo 52 Se entiende por sucesión de mando, el
- Articolo 53 Todo el personal de Policía de
- Articolo 54 La calificación es la evalución de la
- Articolo 55 Los funcionarios serán, además,
- Articolo 56 El funcionario que, por cualquiera
- Articolo 57 La calificación de los Oficiales
- Articolo 58 La calificación se hará basada en los
- Articolo 59 Para el conocimiento, estudio y
- Articolo 60 Las Juntas Calificadoras Zonales
- Articolo 61 La Junta Calificadora de Oficiales
- Articolo 62 La junta de Apelaciones del personal
- Articolo 63 Los Oficiales de los Servicios que
- Articolo 64 El funcionario que no se conformare con
- Articolo
- Articolo
- Articolo 65 Habrá una Junta Extraordinaria de
- Articolo 66 El funcionario clasificado, por
- Articolo 67 El proceso calificatorio se regirá, en
- Articolo 68 El ingreso al Escalafón de Complemento
- Articolo 69 Los Oficiales que integran el
- Articolo 70 El ingreso al Escalafón de Complemento
- Articolo 71 Los Oficiales del Escalafón de
- Articolo
- Articolo
- Articolo
- Articolo
- Articolo 72 La circunstancia de que la muerte o las
- Articolo 73 Corresponderá exclusivamente a la
- Articolo 74 El Director General de Investigaciones
- Articolo 75 La invalidez proveniente de un accidente
- Articolo 76 El personal afectado de una enfermedad
- Articolo 77 El personal de Policía de
- Articolo 78 El personal que , estando acogido a
- Articolo 79 También será considerado como
- Articolo 80 El personal declarado irrecuperable,
- Articolo 81 Los asignatarios de montepío del
- Articolo 82 El derecho a obtener pensión de retiro
- Articolo
- Articolo 84 El reglamento respectivo establecerá la
- Articolo 85 El personal de Policía de
- Articolo 86 Ningún funcionario que haya sido
- Articolo 87 El personal que obtenga su retiro en
- Articolo 88 Los decretos supremos que concedan o
- Articolo 89 En el caso previsto en el artículo
- Articolo 90 Serán comprendidos en el retiro
- Articolo 91 Serán comprendidos en el retiro
- Articolo 92 El personal de las Plantas de la
- Articolo 93 El retiro temporal del personal de
- Articolo 94 El retiro absoluto del personal de
- Articolo 95 Las causales de retiro del personal
- Articolo 96 El retiro de los Profesores Civiles
- Articolo 97 El personal tiene derecho, como
- Articolo 98 Las remuneraciones que percibe el
- Articolo 99 Las planillas, nóminas y demás
- Articolo 100 El personal en servicio activo que sea
- Articolo 101 El personal afecto al presente
- Articolo 102 Para los efectos del sueldo se
- Articolo 102 bis Para los efectos del artículo
- Articolo 103 Para los efectos de la aplicacion a
- Articolo 103 bis Los Oficiales Policiales
- Articolo 104 Las referencias establecidas en el fil
- Articolo 105 La referencia que el inciso 2° de la
- Articolo 106 Las licencias que se otorguen al
- Articolo 107 Lo dispuesto en los artículos 38° y
- Articolo 108 El personal de Policía de
- Articolo 109 El producto del descuento establecido
- Articolo 110 El beneficio que concede este párrafo
- Articolo
- Articolo 112 El Jefe del Departamento de Bienestar
- Articolo 113 El personal de Policía de
- Articolo 114 El personal tendrá derecho a todos los
- Articolo 115 Todo funcionario, desde que legalmente
- Articolo 116 Al proveerse por ascenso un cargo
- Articolo 117 El funcionario tiene derecho a exigir
- Articolo 118 Los funcionarios podrán ejercer
- Articolo 119 Cuando dos funcionarios fuesen casados
- Articolo 120 Todo funcionario tiene derecho a
- Articolo 121 El personal regido por el presente
- Articolo 122 Los funcionarios que dejen de pertener
- Articolo 123 Se aplicará a las pensiones de retiro
- Articolo 124 El personal con derecho a pensión de
- Articolo 125 Lo dispuesto en el artículo anterior
- Articolo 126 El personal que, habiéndose acogido a
- Articolo 126 bis La pensión de retiro por invalidez
- Articolo 127 El personal que fallezca en un
- Articolo 128 En la situación prevista en el
- Articolo 129 El personal que, en circunstancias de
- Articolo 130 Los funcionarios que dejen de
- Articolo 131 Los asignatarios de montepío a la
- Articolo 132 El personal de Policía de
- Articolo 133 No obstante lo señalado en el
- Articolo 134 El personal de Policía de
- Articolo 135 Sin perjuicio de las normas especiales
- Articolo 136 La jornada efectiva de trabajo del
- Articolo 136 bis El personal de la Policía de
- Articolo 136 ter La Policía de Investigaciones
- Articolo 137 Al personal de Investigaciones le
- Articolo 137 bis El personal de la Policía de
- Articolo 138 El personal que infrinja sus
- Articolo 138 bis La responsabilidad administrativa se
- Articolo 139 La sanción administrativa es
- Articolo 140 Las medidas disciplinarias que podrán
- Articolo 141 Las normas sobre aplicación de las
- Articolo 142 Las sanciones o medidas disciplinarias
- Articolo 142 bis Las medidas expulsivas dispuestas o
- Articolo 143 En Policía de Investigaciones de Chile
- Articolo 144 Se entiende que la caución por
- Articolo 145 El personal, exceptuado los oficiales
- Articolo 146 Al personal comprendido en el
- Articolo 147 Para los efectos señalados en el
- Articolo 148 La Jefatura de Instruccíon de Policía
- Articolo 149 Los Aspirantes a Oficiales de la
- Articolo 150 Lo relativo a traslados se regirá por
- Articolo 151 Para los efectos penales,
- Articolo 152 Se exceptúan del pago de impuestos de
- Articolo 153 En lo no previsto por el presente
- Articolo 154 Deróganse los artículos 1° y 2° de
- Articolo 155 Declárase que el artículo
- Articolo 156 Los funcionarios de la Planta de
- Articolo
- Articolo 2 Los tiempos de permanencia mínima en
- Articolo 3 El personal en actual servicio que tuvo
- Articolo 4 La aplicación de las normas contenidas
- Articolo 5 El personal de Policía de
- Articolo 6 El personal de Investigaciones que se
- Articolo 7 Mientras se dicten las normas
- Articolo 8 Los servicios prestados a Policía de
- Articolo 9 El personal en actual servicio
- Articolo 10 Durante los períodos calificatorios