DFL 2

FIJA PLANTA DE PERSONAL Y FECHA DE INICIACIÓN DE ACTIVIDADES DE LA SUBSECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES, Y FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DE LA ASIGNACIÓN DEL ARTÍCULO 2 DE LA LEY N° 19.999 PARA LAS INSTITUCIONES ANTES INDICADAS

Articolo 1Fíjanse las siguientes plantas de personal de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales:

Articolo 2Establécense para la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican:

Articolo 3Fíjanse las siguientes plantas de personal de la Dirección General de Promoción de Exportaciones:

Articolo 4Establécense para la Dirección General de Promoción de Exportaciones los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican:

Articolo 5

Articolo 6

Articolo 7

Articolo 8

Articolo 9

Articolo 10

Articolo 11

Articolo 12

Articolo primero

Articolo segundoPara efectos del pago de la asignación del artículo 2° de la ley N° 19

Articolo tercero

Citenza

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