DFL 2

FIJA PLANTA DE PERSONAL Y FECHA DE INICIACIÓN DE ACTIVIDADES DE LA SUBSECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES, Y FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DE LA ASIGNACIÓN DEL ARTÍCULO 2 DE LA LEY N° 19.999 PARA LAS INSTITUCIONES ANTES INDICADAS

Article 1Fíjanse las siguientes plantas de personal de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales:

Article 2Establécense para la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican:

Article 3Fíjanse las siguientes plantas de personal de la Dirección General de Promoción de Exportaciones:

Article 4Establécense para la Dirección General de Promoción de Exportaciones los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican:

Article 5

Article 6

Article 7

Article 8

Article 9

Article 10

Article 11

Article 12

Article primero

Article segundoPara efectos del pago de la asignación del artículo 2° de la ley N° 19

Article tercero