DFL 1

FIJA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y RESPUESTA ANTE DESASTRES Y REGULA LA ASIGNACIÓN DE TURNO DE LOS ARTÍCULOS 43 Y 44 DE LA LEY Nº 21.364 Y OTRAS MATERIAS QUE INDICA

Articolo 1

Articolo 2

Articolo 3

Articolo 4

Articolo 5Fíjase la Planta de Personal del Servicio Nacional de Prevención y Respuestas ante Desastres, que se indica a continuación:

Articolo 6Establécense para el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres los siguientes requisitos para el ingreso y promoción a las plantas y cargos que se indican:

Articolo 7El encasillamiento en la planta de personal del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres quedará sujeto a lo dispuesto a continuación:

Articolo 8

Articolo Fíjase para el año 2023 la dotación máxima de personal del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres en 415 cupos o la que fije la Ley de Presupuestos del año 2023 si ésta fuere mayor

Articolo

Articolo Fíjase para el año 2023, en 152 funcionarios el número máximo de funcionarios que podrá percibir la asignación de turno establecida en los artículos 43 y 44 de la ley Nº 21

Articolo Los cargos contemplados en la planta de personal fijada en el artículo 5º del presente decreto con fuerza de ley que a continuación se indican, serán provistos a partir del año 2024:

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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