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Circular 36 unità
Circular 8/2020, de 2 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los valores unitarios de referencia de inversión y de operación y mantenimiento para el periodo regulatorio 2021-2026 y los requisitos mínimos para las auditorías sobre inversiones y costes en instalaciones de transporte de gas natural y plantas de gas natural licuado.
Circular 8/2020es-circular-2020-12-02-816 dic 2020
- Preambolo Preámbulo Modificato
- Articolo 1 Objeto Modificato
- Articolo 2 Ámbito de aplicación Modificato
- Articolo 3 Metodología para la determinación de los valores unitarios de referencia de inversión y de operación y mantenimiento Modificato
- Articolo 4 Obra lineal de un gasoducto de transporte Modificato
- Articolo 5 Posiciones de válvulas de los gasoductos de transporte Modificato
- Articolo 6 Trampas de rascadores de los gasoductos de transporte Modificato
- Articolo 7 Nodos de la red de transporte Modificato
- Articolo 8 Estación de compresión Modificato
- Articolo 9 Estaciones de regulación y/o medida Modificato
- Articolo 10 Centros de mantenimiento Modificato
- Articolo 11 Modalidades constructivas de las instalaciones de transporte Modificato
- Articolo 12 Valor de inversión de una instalación de nueva planta o de construcción posterior calculado según valores unitarios de referencia Modificato
- Articolo 13 Valor de inversión de una transformación y/o ampliación de una instalación calculado según valores unitarios de referencia Modificato
- Articolo 14 Valores unitarios de referencia de inversión y coeficientes correctores para el periodo regulatorio 2021-2026 Modificato
- Articolo 15 Retribución anual por operación y mantenimiento por aplicación de valores unitarios de referencia Modificato
- Articolo 16 Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para la actividad de transporte en el periodo regulatorio 2021-2026 Modificato
- Articolo 17 Instalaciones de una planta de gas natural licuado Modificato
- Articolo 18 Modalidades constructivas de las instalaciones de una planta de gas natural licuado Modificato
- Articolo 19 Valor de inversión de una nueva planta o de instalaciones de construcción posterior calculado según valores unitarios de referencia Modificato
- Articolo 20 Valor de inversión de una transformación y/o ampliación de una instalación calculado según valores unitarios de referencia Modificato
- Articolo 21 Valores unitarios de referencia de inversión para el periodo regulatorio 2021-2026 de las instalaciones estandarizadas Modificato
- Articolo 22 Retribución anual por operación y mantenimiento por aplicación de valores unitarios de referencia Modificato
- Articolo 23 Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para la actividad de regasificación en el periodo regulatorio 2021-2026 Modificato
- Articolo 24 Auditorías de los costes de operación y mantenimiento no incluidos en los valores unitarios de referencia Modificato
- Articolo 25 Auditoría de inversiones Modificato
- Articolo 26 Informe de revisión independiente, o auditoría, sobre el valor de la inversión a emitir por el auditor Modificato
- Articolo 27 Revisión y valoración de la información suministrada Modificato
- Articolo 28 Habilitación de modificación del alcance de la auditoría Modificato
- Articolo 29 Confidencialidad de la información Modificato
- Disposizione adicional primera Primer periodo de aplicación Modificato
- Disposizione adicional segunda Tecnología de futuras instalaciones Modificato
- Disposizione adicional tercera Evaluación del modelo retributivo Modificato
- Disposizione adicional cuarta Territorios insulares Modificato
- Disposizione transitoria única Instalaciones con autorización administrativa previa obtenida con anterioridad al 1 de enero de 2021 cuya puesta en servicio es posterior a dicha fecha Modificato
- Disposizione final única Entrada en vigor Modificato