Ley 6/1997

Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Ámbito de aplicación

Articolo 2Personalidad jurídica y competencia

Articolo 3Principios de organización y funcionamiento

Articolo 4Principio de servicio a los ciudadanos

Articolo 5Órganos administrativos

Articolo 6Órganos superiores y órganos directivos

Articolo 7Elementos organizativos básicos

Articolo 8Los Ministerios

Articolo 9Organización interna de los Ministerios

Articolo 10Creación, modificación y supresión de órganos y unidades administrativas

Articolo 11Ordenación jerárquica de los órganos ministeriales

Articolo 12Los Ministros

Articolo 13Otras competencias de los Ministros

Articolo 14Los Secretarios de Estado

Articolo 15Los Subsecretarios

Articolo 16Los Secretarios generales

Articolo 17Los Secretarios generales técnicos

Articolo 18Los Directores generales

Articolo 19Los Subdirectores generales

Articolo 20Reglas generales sobre los servicios comunes

Articolo 21Organización básica de los servicios comunes ministeriales

Articolo 22Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas

Articolo 23Competencias de los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas

Articolo 24Competencias en materia de información a los ciudadanos

Articolo 25Competencias sobre simplificación de estructuras

Articolo 26Dirección de los servicios territoriales integrados

Articolo 27Relación con otras Administraciones territoriales

Articolo 28Comisión territorial de asistencia al Delegado del Gobierno

Articolo 29Los Subdelegados del Gobierno en las provincias

Articolo 30Los Directores Insulares de la Administración General del Estado

Articolo 31Simplificación de los servicios periféricos

Articolo 32Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno

Articolo 33Criterios sobre integración de servicios

Articolo 34Criterios sobre organización de servicios no integrados

Articolo 35Dependencia de los servicios no integrados

Articolo 36Organización de la Administración General del Estado en el exterior

Articolo 37Los Embajadores y representantes permanentes ante Organizaciones internacionales

Articolo 38Requisitos para constituir órganos colegiados

Articolo 39Clasificación y composición de los órganos colegiados

Articolo 40Creación, modificación y supresión de órganos colegiados

Articolo 41Actividades propias de los Organismos públicos

Articolo 42Personalidad jurídica y potestades

Articolo 43Clasificación y adscripción de los Organismos públicos

Articolo 44Aplicación de las disposiciones generales de esta Ley a los Organismos públicos

Articolo 45Funciones de los Organismos autónomos

Articolo 46Reglas para el nombramiento de los titulares de los órganos de los Organismos autónomos

Articolo 47Personal al servicio de los Organismos autónomos

Articolo 48Patrimonio de los Organismos autónomos

Articolo 49Régimen de contratación de los Organismos autónomos

Articolo 50Régimen presupuestario de los Organismos autónomos

Articolo 51Control de eficacia de los Organismos autónomos

Articolo 52Impugnación y reclamaciones contra los actos de los Organismos autónomos

Articolo 53Funciones y régimen general aplicable a las entidades públicas empresariales

Articolo 54Ejercicio de potestades administrativas

Articolo 55Personal al servicio de las entidades públicas empresariales

Articolo 56Patrimonio de las entidades públicas empresariales

Articolo 57Régimen de contratación de las entidades públicas empresariales

Articolo 58Régimen presupuestario de las entidades públicas empresariales

Articolo 59Control de eficacia de las entidades públicas empresariales

Articolo 60Impugnación y reclamación contra los actos de las entidades públicas empresariales

Articolo 61Creación de Organismos públicos

Articolo 62Estatutos y Plan de actuación

Articolo 63Modificación y refundición de Organismos públicos

Articolo 64Extinción y liquidación de Organismos públicos

Articolo 65Recursos económicos

Articolo 66Competencias generales sobre organización, función pública, procedimientos e inspección de servicios

Articolo 67Procedimientos de determinación de las estructuras de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos

Disposizione adicional primeraLa organización militar y las Delegaciones de Defensa

Disposizione adicional segundaDelegados del Gobierno en Ceuta y Melilla

Disposizione adicional terceraSituaciones administrativas

Disposizione adicional cuartaAsunción de competencias de Gobernadores Civiles

Disposizione adicional quintaCompetencias estatales en materia de seguridad pública en las Comunidades Autónomas con Cuerpos de Policía propios

Disposizione adicional sextaEntidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social

Disposizione adicional séptimaRégimen jurídico del Consejo de Estado

Disposizione adicional octavaRégimen jurídico del Banco de España y de los Fondos de Garantía de Depósitos en Entidades de Crédito

Disposizione adicional novenaRégimen jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, del Consejo Económico y Social y del Instituto Cervantes

Disposizione adicional décimaRégimen jurídico de determinados Organismos públicos

Disposizione adicional undécimaRégimen jurídico del Organismo autónomo Correos y Telégrafos

Disposizione adicional duodécimaSociedades mercantiles estatales

Disposizione adicional decimoterceraDelegación y avocación de competencias y delegación de firma

Disposizione adicional decimocuartaConflictos de atribuciones intraministeriales

Disposizione adicional decimoquintaFin de la vía administrativa

Disposizione adicional decimosextaRevisión de oficio

Disposizione adicional decimoséptimaRecurso extraordinario de revisión

Disposizione transitoria primeraRégimen transitorio de nombramientos de titulares de órganos directivos

Disposizione transitoria segundaAdaptación de la organización territorial

Disposizione transitoria terceraAdaptación de los Organismos autónomos y las demás entidades de Derecho público a las previsiones de esta Ley

Disposizione derogatoria únicaNormas objeto de derogación y de reducción a rango reglamentario

Disposizione final primeraFacultades de desarrollo

Disposizione final segundaIntegración de servicios periféricos en las Delegaciones del Gobierno

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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