🇪🇸 Spagna
Ley 39 unità

Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.

Ley 27/2007es-law-2007-10-23-2723 ott 2007

Transportes

  1. Preambolo Preámbulo
  2. Articolo 1 Objeto de la ley
  3. Articolo 2 Derecho al aprendizaje, conocimiento y uso de las lenguas de signos españolas y de los medios de apoyo a la comunicación oral
  4. Articolo 3 Efectos de la Ley
  5. Articolo 4 Definiciones
  6. Articolo 5 Principios generales
  7. Articolo 6 Ámbito de aplicación
  8. Articolo 7 Del aprendizaje en la Formación Reglada
  9. Articolo 8 Del aprendizaje en la Formación no Reglada
  10. Articolo 9 Objeto
  11. Articolo 10 Acceso a los bienes y servicios a disposición del público
  12. Articolo 11 Transportes
  13. Articolo 12 Relaciones con las Administraciones Públicas
  14. Articolo 13 Participación política
  15. Articolo 14 Medios de comunicación social, telecomunicaciones y sociedad de la información
  16. Articolo 15 Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos Española
  17. Articolo 16 Del aprendizaje en la Formación Reglada
  18. Articolo 17 Del aprendizaje en la Formación no Reglada
  19. Articolo 18 Objeto
  20. Articolo 19 Acceso a los bienes y servicios a disposición del público
  21. Articolo 20 Transportes
  22. Articolo 21 Relaciones con las Administraciones Públicas
  23. Articolo 22 Participación política
  24. Articolo 23 Medios de comunicación social, telecomunicaciones y sociedad de la información
  25. Articolo 24 Centro Español del Subtitulado y la Audiodescripción
  26. Disposizione adicional primera Comisión de Seguimiento de la Ley
  27. Disposizione adicional segunda Garantías de dotación estructural
  28. Disposizione adicional tercera Garantías jurídicas
  29. Disposizione adicional cuarta Régimen transitorio de la situación de los intérpretes y profesionales de las lenguas de signos españolas
  30. Disposizione adicional quinta Profesionales de las lenguas de signos
  31. Disposizione adicional sexta Atención a la sordoceguera
  32. Disposizione adicional séptima Ayudas técnicas a la audición
  33. Disposizione derogatoria única Derogación normativa
  34. Disposizione final primera Carácter básico de la Ley
  35. Disposizione final segunda Supletoriedad de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre
  36. Disposizione final tercera Financiación
  37. Disposizione final cuarta Facultades de ejecución y desarrollo
  38. Disposizione final quinta Aplicación de la Ley
  39. Disposizione final sexta Entrada en vigor
Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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