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Ley 136 unità

Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

Ley 20/2011es-law-2011-07-21-2021 lug 2011

Vecindad

  1. Preambolo Preámbulo
  2. TÍTULO I
  3. Articolo 1 Objeto de la Ley
  4. Articolo 2 Naturaleza y contenido del Registro Civil
  5. Articolo 3 Elementos definitorios del Registro Civil
  6. Articolo 4 Hechos y actos inscribibles
  7. Articolo 5 Registro individual
  8. Articolo 6 Código personal
  9. Articolo 7 Firma electrónica
  10. Articolo 8 Comunicación entre las Oficinas del Registro Civil y con las Administraciones Públicas
  11. Articolo 9 Competencias generales del Registro Civil
  12. Articolo 10 Reglas de competencia
  13. Articolo 11 Derechos ante el Registro Civil
  14. Articolo 12 Deberes ante el Registro Civil
  15. TÍTULO II
  16. Articolo 13 Principio de legalidad
  17. Articolo 14 Principio de oficialidad
  18. Articolo 15 Principio de publicidad
  19. Articolo 16 Presunción de exactitud
  20. Articolo 17 Eficacia probatoria de la inscripción
  21. Articolo 18 Eficacia constitutiva de la inscripción en el Registro Civil
  22. Articolo 19 Presunción de integridad. Principio de inoponibilidad
  23. TÍTULO III
  24. Articolo 20 Estructura del Registro Civil
  25. Articolo 21 Oficina Central del Registro Civil
  26. Articolo 22 Oficinas Generales del Registro Civil
  27. Articolo 23 Oficinas Consulares del Registro Civil
  28. Articolo 24 Funciones de las Oficinas Consulares del Registro Civil
  29. Articolo 25 La Dirección General de los Registros y del Notariado
  30. Articolo 26 Funciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado en el Registro Civil
  31. TÍTULO IV
  32. Articolo 27 Documentos auténticos para practicar inscripciones
  33. Articolo 28 Certificaciones de Registros extranjeros
  34. Articolo 29 Declaraciones de las personas obligadas
  35. Articolo 30 Control de legalidad de los documentos
  36. Articolo 31 Examen de las solicitudes de inscripción y de las declaraciones
  37. Articolo 32 Constancia de solicitudes y declaraciones efectuadas en las Oficinas del Registro Civil
  38. TÍTULO V
  39. Articolo 33 Regla general para la práctica de los asientos
  40. Articolo 34 Asientos de resoluciones judiciales
  41. Articolo 35 Inscripción de documentos notariales
  42. Articolo 36 Asientos electrónicos
  43. Articolo 37 Lenguas oficiales
  44. Articolo 38 Clases de asientos
  45. Articolo 39 Inscripciones
  46. Articolo 40 Anotaciones registrales
  47. Articolo 41 Cancelaciones
  48. Articolo 42 Personas obligadas a promover la inscripción
  49. Articolo 43 Comunicación de hechos y actos al Registro Civil
  50. TÍTULO VI
  51. Sección 1
  52. Articolo 44 Inscripción de nacimiento y filiación
  53. Articolo 45 Obligados a promover la inscripción de nacimiento
  54. Articolo 46 Comunicación del nacimiento por los centros sanitarios
  55. Articolo 47 Inscripción de nacimiento por declaración de otras personas obligadas
  56. Articolo 48 Menores abandonados y menores no inscritos
  57. Sección 2
  58. Articolo 49 Contenido de la inscripción de nacimiento y atribución de apellidos
  59. Articolo 50 Derecho al nombre
  60. Articolo 51 Principio de libre elección del nombre propio
  61. Articolo 52 Cambio de nombre
  62. Articolo 53 Cambio de apellidos mediante declaración de voluntad
  63. Articolo 54 Cambio de apellidos o de identidad mediante expediente
  64. Articolo 55 Autorización del cambio de apellidos o identidad en circunstancias excepcionales
  65. Articolo 56 Apellidos con elemento extranjero
  66. Articolo 57 Reglas comunes al cambio de nombre y apellidos
  67. Articolo 58 Procedimiento de autorización matrimonial
  68. Articolo 58 bis Matrimonio celebrado en forma religiosa
  69. Articolo 59 Inscripción del matrimonio
  70. Articolo 60 Inscripción del régimen económico del matrimonio
  71. Articolo 61 Inscripción de la separación, nulidad y divorcio
  72. Articolo 62 Inscripción de la defunción
  73. Articolo 63 Obligados a promover la inscripción de fallecimiento
  74. Articolo 64 Comunicación de la defunción por los centros sanitarios
  75. Articolo 65 Inscripción de la defunción por declaración de los obligados
  76. Articolo 66 Certificado médico de defunción
  77. Articolo 67 Supuestos especiales de inscripción de la defunción
  78. Articolo 68 Inscripción de la nacionalidad y de la vecindad civil
  79. Articolo 69 Presunción de nacionalidad española
  80. Articolo 70 Emancipación y beneficio de la mayor edad
  81. Articolo 71 Inscripción de la patria potestad y sus modificaciones
  82. Articolo 72 Resolución judicial de provisión de apoyos y declaración del concurso de persona física
  83. Articolo 73 Oponibilidad de las resoluciones
  84. Articolo 74 Inscripción de determinadas representaciones legales
  85. Articolo 75 Inscripción de tutela automática o administrativa
  86. Articolo 76 Inscripción de actos relativos al patrimonio protegido de las personas con discapacidad
  87. Articolo 77 Inscripción de medidas de apoyo voluntarias
  88. Articolo 78 Inscripciones de declaración de ausencia y fallecimiento
  89. Articolo 79 Inscripciones en circunstancias excepcionales
  90. TÍTULO VII
  91. Articolo 80 Medios de publicidad del Registro Civil
  92. Articolo 81 Expedición de certificaciones
  93. Articolo 82 Clases de certificaciones
  94. Articolo 83 Datos con publicidad restringida
  95. Articolo 84 Acceso a los asientos que contengan datos especialmente protegidos
  96. TÍTULO VIII
  97. Articolo 85 Recursos contra las decisiones adoptadas por los Encargados de las Oficinas del Registro Civil
  98. Articolo 86 Presentación del recurso y plazo de resolución
  99. Articolo 87 Órgano jurisdiccional competente
  100. TÍTULO IX
  101. Articolo 88 Tramitación de los procedimientos registrales
  102. Articolo 89 Legitimación para promover los procedimientos registrales
  103. Articolo 90 Rectificación judicial de los asientos
  104. Articolo 91 Rectificación de los asientos por procedimiento registral
  105. Articolo 92 Declaraciones con valor de simple presunción
  106. Articolo 93 Carácter, anotación y publicidad de las declaraciones con valor de simple presunción
  107. TÍTULO X
  108. Articolo 94 Primacía del Derecho convencional y de la Unión Europea
  109. Articolo 95 Traducción y legalización
  110. Articolo 96 Resoluciones judiciales extranjeras
  111. Articolo 97 Documento extranjero extrajudicial
  112. Articolo 98 Certificación de asientos extendidos en Registros extranjeros
  113. Articolo 99 Declaración de conocimiento o voluntad
  114. Articolo 100 Acreditación del contenido y vigencia de la ley aplicable a los hechos y actos relativos al estado civil
  115. Disposizione adicional primera Ubicación y dotación de las Oficinas del Registro Civil
  116. Disposizione adicional segunda Régimen jurídico de los Encargados del Registro Civil
  117. Disposizione adicional tercera Expedientes de nacionalidad por residencia
  118. Disposizione adicional cuarta Constancia en el Registro Civil de los fallecimientos con posterioridad a los seis meses de gestación
  119. Disposizione adicional quinta Oficinas colaboradoras del Registro Civil y punto de acceso en Ayuntamientos
  120. Disposizione adicional sexta Uniformidad y dotación de los sistemas y aplicaciones informáticas en las Oficinas del Registro Civil
  121. Disposizione adicional séptima Puesta a disposición de los datos de identificación personal de nacionales y extranjeros
  122. Disposizione adicional octava Inscripción de defunción de desaparecidos durante la guerra civil y la dictadura
  123. Disposizione adicional novena Obtención de datos del Instituto Nacional de Estadística
  124. Disposizione adicional décima Terminología
  125. Disposizione transitoria primera Procedimientos en tramitación a la entrada en vigor de la presente Ley
  126. Disposizione transitoria segunda Registros individuales
  127. Disposizione transitoria tercera Libros de familia
  128. Disposizione transitoria cuarta Extensión y práctica de asientos
  129. Disposizione transitoria quinta Publicidad formal del Registro Civil no digitalizado
  130. Disposizione transitoria sexta Valor histórico de los libros y documentos que obran en los archivos del Registro Civil
  131. Disposizione transitoria séptima Oficinas Consulares de Registro Civil
  132. Disposizione transitoria octava
  133. Disposizione transitoria novena Aplicación de la disposición adicional cuarta
  134. Disposizione transitoria décima Destino de los Jueces Encargados de los Registros Civiles Exclusivos y de los Encargados del Registro Civil Central
  135. Disposizione transitoria décima bis
  136. Disposizione transitoria undécima Referencias a resoluciones judiciales en los expedientes en tramitación
  137. Disposizione derogatoria unica
  138. Disposizione final primera Derecho supletorio
  139. Disposizione final segunda Referencias a los Encargados del Registro Civil y a los Alcaldes
  140. Disposizione final tercera Reforma del Código Civil
  141. Disposizione final cuarta Reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
  142. Disposizione final quinta Tasas municipales
  143. Disposizione final quinta bis
  144. Disposizione final sexta Adquisición de la nacionalidad española por los nietos de exiliados durante la guerra civil y la dictadura
  145. Disposizione final séptima Competencias de las Comunidades Autónomas en materia de Registro Civil
  146. Disposizione final octava Título competencial
  147. Disposizione final novena Desarrollo reglamentario
  148. Disposizione final décima Entrada en vigor
Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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