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Real Decreto 251 unità

Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Real Decreto 1955/2000es-royal-decree-2000-12-01-195527 dic 2000

Transporte de energía

  1. Preambolo Preámbulo
  2. Articolo 1 Objeto
  3. Articolo 2 Régimen de actividades
  4. Articolo 3 Actividades en territorios insulares y extrapeninsulares
  5. Articolo 4 Actividad de transporte
  6. Articolo 5 Red de transporte
  7. Articolo 6 Operador del sistema y gestor de la red de transporte
  8. Articolo 7 Derechos y obligaciones de los transportistas
  9. Articolo 8 Planificación
  10. Articolo 9 Principios generales
  11. Articolo 10 Fases de la planificación del transporte de energía eléctrica
  12. Articolo 11 Elaboración de las propuestas de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica
  13. Articolo 12 Contenido de las propuestas de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica
  14. Articolo 13 Elaboración del plan de desarrollo
  15. Articolo 14 Programa anual de instalaciones de la red de transporte
  16. Articolo 15 Actuaciones excepcionales
  17. Articolo 16 Informes sobre la evolución del sistema a largo plazo
  18. Articolo 17 Equipamiento de las instalaciones
  19. Articolo 18 Mantenimiento, maniobra y operación de las instalaciones de transporte
  20. Articolo 19 Ámbito de aplicación y contenido de la calidad del servicio en la red de transporte de energía eléctrica
  21. Articolo 20 Continuidad del suministro de energía eléctrica
  22. Articolo 21 Calidad del producto
  23. Articolo 22 Indisponibilidades programadas de las instalaciones de transporte y producción
  24. Articolo 23 Condiciones de entrega de la energía eléctrica
  25. Articolo 24 Calidad de suministro en los puntos frontera
  26. Articolo 25 Calidad individual por instalación
  27. Articolo 26 Calidad global
  28. Articolo 27 Consecuencias del incumplimiento de la calidad de servicio
  29. Articolo 28 Información sobre la calidad de servicio
  30. Articolo 29 Perturbaciones provocadas por instalaciones conectadas a la red de transporte
  31. Articolo 30 Instalaciones de conexión de centrales de generación
  32. Articolo 31 Instalaciones de conexión de consumidores
  33. Articolo 32 Desarrollo de las instalaciones de conexión
  34. Articolo 33 Definición de las pérdidas en la red de transporte
  35. Articolo 34 Responsabilidad sobre las pérdidas de transporte
  36. Articolo 35 Metodología de asignación de las pérdidas de transporte
  37. Articolo 36 Actividad de distribución
  38. Articolo 37 Requisitos de los sujetos para el ejercicio de la actividad de distribución
  39. Articolo 38 Redes de distribución
  40. Articolo 39 Zonas eléctricas de distribución
  41. Articolo 40 Gestores de las redes de distribución
  42. Articolo 41 Obligaciones y derechos de las empresas distribuidoras
  43. Articolo 42 Equipamiento de las instalaciones
  44. Articolo 43 Objeto y ámbito de aplicación
  45. Articolo 44 Derechos de acometida
  46. Articolo 45 Criterios para la determinación de los derechos de extensión
  47. Articolo 46 Potencia y tensión del suministro
  48. Articolo 47 Cuotas de extensión y de acceso
  49. Articolo 48 Suministros especiales
  50. Articolo 49 Vigencia de los derechos de acometida
  51. Articolo 50 Derechos de enganche y verificación
  52. Articolo 51 Actualización de importes
  53. Articolo 52 Derecho de acceso a la red de transporte
  54. Articolo 53 Acceso a la red de transporte
  55. Articolo 54 Realización de instalaciones y refuerzos de la red de transporte derivadas de solicitudes de acceso
  56. Articolo 55 Capacidad de acceso a la red de transporte
  57. Articolo 56 Limitaciones a la utilización del acceso a la red de transporte
  58. Articolo 57 Conexión a la red de transporte
  59. Articolo 58 Contratos técnicos de acceso a la red de transporte
  60. Articolo 59 Contratos económicos de acceso a la red de transporte
  61. Articolo 59 bis Garantía económica para tramitar la solicitud de acceso a la red de transporte de instalaciones de producción
  62. Articolo 60 Derecho de acceso a la red de distribución
  63. Articolo 61 Acceso de los consumidores a la red de distribución
  64. Articolo 62 Procedimiento de acceso a la red de distribución
  65. Articolo 63 Acceso a la red de distribución de consumidores y generadores con influencia en la red de transporte
  66. Articolo 64 Capacidad de acceso a la red de distribución
  67. Articolo 65 Limitaciones a la utilización del acceso a la red de distribución
  68. Articolo 66 Conexión a las redes de distribución
  69. Articolo 66 bis Garantía económica para tramitar la solicitud de acceso a la red de distribución de instalaciones de producción
  70. Articolo 67 Línea directa
  71. Articolo 68 Instalación de líneas directas
  72. Articolo 69 Utilización de las líneas directas y relación con las redes de transporte o distribución
  73. Articolo 70 Definición
  74. Articolo 71 Derechos y obligaciones de los comercializadores
  75. Articolo 72 Comunicación de inicio de la actividad de comercialización
  76. Articolo 73 Requisitos necesarios para realizar la actividad de comercialización
  77. Articolo 74 Extinción de la habilitación para actuar como comercializador
  78. Articolo 75 Consumidores directos en mercado
  79. Articolo 76 Punto de suministro e instalación
  80. Articolo 77 Consumo de energía eléctrica
  81. Articolo 78 Condición de consumidor directo en mercado
  82. Articolo 79 Condiciones generales
  83. Articolo 80 Condiciones del contrato de suministro a tarifa
  84. Articolo 81 Condiciones del contrato de acceso a las redes
  85. Articolo 82 Facturación del suministro a tarifa y del acceso a las redes
  86. Articolo 83 Traspaso y subrogación de los contratos de suministro a tarifa y de acceso a las redes
  87. Articolo 84 Período de pago e intereses de demora de los contratos de suministro a tarifa
  88. Articolo 84 bis Suspensión del suministro a consumidores personas físicas en su vivienda habitual con potencia contratada igual o inferior a 10 kW
  89. Articolo 85 Suspensión del suministro a tarifa por impago
  90. Articolo 86 Suspensión del suministro a los consumidores y sujetos cualificados
  91. Articolo 87 Otras causas de la suspensión del suministro
  92. Articolo 88 Gastos por desconexión y reconexión
  93. Articolo 89 Servicios declarados esenciales
  94. Articolo 90 Resolución de los contratos de suministro a tarifa y de acceso a las redes
  95. Articolo 91 Otras causas de resolución de los contratos
  96. Articolo 92 Control de la potencia contratada
  97. Articolo 93 Instalación de equipos de medida y control
  98. Articolo 94 Equipos instalados
  99. Articolo 95 Lectura de los suministros
  100. Articolo 96 Comprobación de los equipos de medida y control
  101. Articolo 97 Cambio de características de la energía
  102. Articolo 98 Reclamaciones
  103. Articolo 99 Concepto, contenido y extensión de la calidad de servicio
  104. Articolo 100 Definiciones
  105. Articolo 101 Continuidad del suministro
  106. Articolo 102 Calidad del producto
  107. Articolo 103 Calidad de la atención al consumidor
  108. Articolo 104 Cumplimiento de la calidad de suministro individual
  109. Articolo 105 Consecuencias del incumplimiento de la calidad de servicio individual
  110. Articolo 106 Calidad zonal
  111. Articolo 107 Consecuencias del incumplimiento de la calidad zonal
  112. Articolo 108 Información sobre la calidad de servicio
  113. Articolo 109 Responsabilidades en el cumplimiento de la calidad
  114. Articolo 110 Perturbaciones provocadas e inducidas por instalaciones receptoras
  115. Articolo 110 bis Información al consumidor sobre el origen de la electricidad consumida y su impacto sobre el medio ambiente
  116. Articolo 110 ter Requisitos mínimos de los contratos suscritos con clientes domésticos
  117. Articolo 111 Objeto
  118. Articolo 112 Coordinación con planes urbanísticos
  119. Articolo 113 Órganos competentes
  120. Articolo 114 Informe de la Dirección General de Política Energética y Minas
  121. Articolo 115 Necesidad de autorización
  122. Articolo 116 Coste asociado a las nuevas instalaciones autorizadas de transporte
  123. Articolo 117 Resolución sobre determinación de la forma de autorización de las nuevas instalaciones de transporte
  124. Articolo 118 Autorización de instalaciones de transporte de forma directa
  125. Articolo 119 Autorización de instalaciones de transporte mediante procedimiento de concurrencia
  126. Articolo 120 Solicitudes de autorización
  127. Articolo 121 Capacidad del solicitante
  128. Articolo 121 bis Trámites previos
  129. Articolo 122 Presentación de solicitud de autorización administrativa
  130. Articolo 123 Contenido de la solicitud de autorización administrativa
  131. Articolo 124 Trámites de evaluación de impacto ambiental
  132. Articolo 125 Información pública
  133. Articolo 126 Alegaciones
  134. Articolo 127 Información a otras Administraciones públicas
  135. Articolo 128 Resolución
  136. Articolo 129 Ocupación del dominio público marítimo-terrestre
  137. Articolo 130 Solicitud
  138. Articolo 131 Condicionados y aprobación de proyecto
  139. Articolo 132 Autorización de explotación definitiva de instalaciones de transporte y distribución de energía eléctrica
  140. Articolo 132 bis Autorizaciones de explotación de las instalaciones de generación y producción
  141. Articolo 132 ter Autorización de explotación provisional para pruebas de instalaciones de producción
  142. Articolo 132 quater Autorización de explotación definitiva de instalaciones de producción
  143. Articolo 133 Solicitud
  144. Articolo 134 Resolución
  145. Articolo 135 Solicitud
  146. Articolo 136 Procedimiento
  147. Articolo 137 Informe previo
  148. Articolo 138 Resolución
  149. Articolo 139 Acta de cierre
  150. Articolo 140 Utilidad pública
  151. Articolo 141 Líneas directas
  152. Articolo 142 Recursos
  153. Articolo 143 Solicitud de la declaración de utilidad pública
  154. Articolo 144 Información pública
  155. Articolo 145 Alegaciones
  156. Articolo 146 Información a otras Administraciones públicas
  157. Articolo 147 Oposición u objeción
  158. Articolo 148 Resolución
  159. Articolo 149 Efectos
  160. Articolo 150 Procedimiento de expropiación
  161. Articolo 151 Adquisición por mutuo acuerdo
  162. Articolo 152 Expropiación a instancia del dueño del predio sirviente
  163. Articolo 153 Modificación de la servidumbre a instancia del dueño del predio sirviente
  164. Articolo 154 Variación del tendido de la línea como consecuencia de proyectos o planes aprobados por la Administración
  165. Articolo 155 Causas de extinción de la servidumbre de paso
  166. Articolo 156 Determinación del justo precio y pago
  167. Articolo 157 Alcance de la servidumbre de paso de energía eléctrica
  168. Articolo 158 Servidumbre de paso aéreo de energía eléctrica
  169. Articolo 159 Servidumbre de paso subterráneo de energía eléctrica
  170. Articolo 160 Condiciones de seguridad
  171. Articolo 161 Limitaciones a la constitución de servidumbre de paso
  172. Articolo 162 Relaciones civiles
  173. Articolo 163 Revisiones periódicas
  174. Articolo 164 Inspecciones
  175. Articolo 165 Registros administrativos
  176. Articolo 166 Tratamiento de los datos
  177. Articolo 167 Cancelación de las inscripciones
  178. Articolo 168 Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica
  179. Articolo 169 Sección primera: instalaciones de producción en régimen ordinario
  180. Articolo 170 Inscripción previa
  181. Articolo 171 Inscripción definitiva
  182. Articolo 172 Notificaciones
  183. Articolo 173 Actualización de datos
  184. Articolo 174 Número de identificación en el registro
  185. Articolo 175 Sección segunda: instalaciones de producción en régimen especial
  186. Articolo ículos 176 a 180 Artículos 176 a 180
  187. Articolo 176 Sección tercera: agentes externos
  188. Articolo 177 Solicitud de inscripción
  189. Articolo 178 Inscripción en el registro
  190. Articolo 179 Actualización de datos
  191. Articolo 180 Número de identificación en el registro
  192. Articolo 181 Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados
  193. Articolo 182 Sección primera: empresas distribuidoras
  194. Articolo 183 Inscripción previa
  195. Articolo 184 Inscripción definitiva
  196. Articolo 185 Notificaciones
  197. Articolo 186 Actualización de datos
  198. Articolo 187 Número de identificación en el registro
  199. Articolo 188 Sección segunda: empresas comercializadoras
  200. Articolo 189 Inscripción previa
  201. Articolo ículos 190 a 193 Artículos 190 a 193
  202. Articolo 190 Inscripción definitiva
  203. Articolo 191 Notificaciones
  204. Articolo 192 Actualización de datos
  205. Articolo 193 Número de identificación en el registro
  206. Articolo ículos 194 a 199 Artículos 194 a 199
  207. Articolo 194 Sección tercera: consumidores cualificados
  208. Articolo 195 Inscripción previa
  209. Articolo 196 Inscripción definitiva
  210. Articolo 197 Notificaciones
  211. Articolo 198 Actualización de datos
  212. Articolo 199 Número de identificación en el registro
  213. Articolo ículos 200 a 204 Artículos 200 a 204
  214. Articolo 200 Sección cuarta: agentes externos
  215. Articolo 201 Solicitud de inscripción
  216. Articolo 202 Inscripción en el Registro
  217. Articolo 203 Actualización de datos
  218. Articolo 204 Número de identificación en el registro
  219. Disposizione adicional primera Instalaciones de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima»
  220. Disposizione adicional segunda Procedimientos de operación del sistema para la gestión, el mantenimiento y la planificación de la red de transporte
  221. Disposizione adicional tercera Primer Plan de Desarrollo de la Red de Transporte
  222. Disposizione adicional cuarta Adecuación de contratos de suministro
  223. Disposizione adicional quinta Acreditación de requisitos legales técnicos y económicos
  224. Disposizione adicional sexta Líneas de evacuación de centrales de generación
  225. Disposizione adicional séptima Instalaciones de transporte a 31 de diciembre de 1999
  226. Disposizione adicional octava Red bajo la gestión técnica del operador del sistema
  227. Disposizione adicional novena Redes de distribución que tengan incidencia en la operación del sistema
  228. Disposizione adicional décima Instalaciones que utilicen como energía primaria la energía solar térmica
  229. Disposizione adicional undécima Protección de la avifauna
  230. Disposizione adicional duodécima Procedimiento de autorización de pequeñas instalaciones de generación o de instalaciones de generación conectadas a redes de distribución
  231. Disposizione adicional duodécima [sic]
  232. Disposizione adicional decimocuarta Consideración de una misma instalación de generación a efectos de los permisos de acceso y conexión
  233. Disposizione transitoria primera Aplicación de la planificación de la actividad de transporte
  234. Disposizione transitoria segunda Actividades de transporte
  235. Disposizione transitoria tercera Información de transportistas y gestores de red de distribución al gestor de la red de transporte
  236. Disposizione transitoria cuarta Pérdidas en la red de transporte
  237. Disposizione transitoria quinta Exención de la solicitud de conexión
  238. Disposizione transitoria sexta Acceso de terceros a las redes
  239. Disposizione transitoria séptima Actividad de generación e instalaciones de producción
  240. Disposizione transitoria octava Actividad de distribución
  241. Disposizione transitoria novena Actividad de Comercialización
  242. Disposizione transitoria décima Planes de mejora de calidad de servicio
  243. Disposizione transitoria undécima Expedientes en tramitación
  244. Disposizione transitoria duodécima Derechos de acometidas
  245. Disposizione derogatoria única Derogación normativa
  246. Disposizione final primera Carácter básico
  247. Disposizione final segunda Desarrollo normativo
  248. Disposizione final tercera Valores de calidad de servicio individual y zonal
  249. Disposizione final cuarta Instrucciones técnicas complementarias
  250. Disposizione final quinta Entrada en vigor
  251. Allegato UNICO
Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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