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Real Decreto 87 unità

Real Decreto 1614/2011, de 14 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, en lo relativo a licencias, autorizaciones y registros del juego.

Real Decreto 1614/2011es-royal-decree-2011-11-14-161415 nov 2011

Registros administrativos

  1. Preambolo Preámbulo
  2. Articolo 1 Objeto y ámbito de aplicación
  3. Articolo 2 Definiciones
  4. Articolo 3 Títulos habilitantes y operadores de juego
  5. Articolo 4 Solicitud de licencias y autorizaciones
  6. Articolo 5 Extinción de licencias y autorizaciones
  7. Articolo 6 Transmisión de licencias, autorizaciones y contratación de actividades con terceros
  8. Articolo 7 Tipos de licencias
  9. Articolo 8 Derecho a obtener licencia
  10. Articolo 9 Comunicación a las Comunidades Autónomas
  11. Articolo 10 Plazos para la resolución
  12. Articolo 11 Resolución motivada y recursos
  13. Articolo 12 Plazos de vigencia de las licencias
  14. Articolo 13 Requisitos de los interesados para la obtención de licencias generales
  15. Articolo 14 Acreditación de la solvencia técnica, económica y financiera
  16. Articolo 15 Convocatoria del procedimiento de otorgamiento de licencias generales
  17. Articolo 16 Otorgamiento de licencias generales
  18. Articolo 17 Procedimiento para la solicitud y el otorgamiento de licencias singulares
  19. Articolo 18 Solicitud de licencias singulares y reglamentación básica de los juegos
  20. Articolo 19 Ámbito y límites de la autorización
  21. Articolo 20 Documentación que debe acompañar a la solicitud de autorización
  22. Articolo 21 Procedimiento y plazos para la resolución
  23. Articolo 22 Contenido de la resolución
  24. Articolo 23 Recursos
  25. Articolo 24 Autorización para la comercialización no ocasional de juegos de lotería
  26. Articolo 25 Procedimiento para la autorización de la comercialización no ocasional de juegos de lotería
  27. Articolo 26 Autorización para la comercialización de juegos de lotería de ámbito superior al estatal
  28. Articolo 27 Autorización excepcional para la comercialización ocasional de juegos de lotería
  29. Articolo 28 Transmisión de la autorización
  30. Articolo 29 Extinción de la autorización
  31. Articolo 30 Colaboradores en la comercialización de productos de lotería
  32. Articolo 31 Contrato de juego
  33. Articolo 32 Contenido del contrato de juego
  34. Articolo 33 Obligaciones del operador en relación con los participantes
  35. Articolo 34 Obligaciones del participante
  36. Articolo 35 Registros de usuario y cuentas de juego
  37. Articolo 36 Límites a los depósitos
  38. Articolo 36 bis Sistema de límites de depósito conjuntos por jugador
  39. Articolo 37 Pago de la participación en los juegos
  40. Articolo 38 Abono de los premios
  41. Articolo 39 Obligaciones del operador en relación con los fondos de los participantes
  42. Articolo 40 Garantías vinculadas a las licencias generales
  43. Articolo 41 Garantías vinculadas a las licencias singulares
  44. Articolo 42 Constitución de las garantías
  45. Articolo 43 Forma de constitución de las garantías
  46. Articolo 44 Importe de las garantías
  47. Articolo 45 Vigencia, cancelación, retención y ejecución de las garantías
  48. Articolo 46 Registros del sector del juego
  49. Articolo 47 Inscripción, modificación y cancelación de los datos
  50. Articolo 48 Objeto del Registro General de Licencias de Juego
  51. Articolo 49 Estructura del Registro General de Licencias de Juego
  52. Articolo 50 Inscripción provisional
  53. Articolo 51 Inscripción definitiva
  54. Articolo 52 Modificación de los datos inscritos
  55. Articolo 53 Cancelación de la inscripción definitiva
  56. Articolo 54 Certificaciones registrales
  57. Articolo 55 Objeto del Registro
  58. Articolo 56 Datos registrales
  59. Articolo 57 Inscripción
  60. Articolo 58 Inscripción a instancia del interesado
  61. Articolo 59 Inscripción a petición de tercero interesado o por resolución judicial
  62. Articolo 60 Vigencia de las inscripciones
  63. Articolo 61 Modificación y cancelación de los datos inscritos
  64. Articolo 62 Cooperación interadministrativa
  65. Articolo 63 Objeto del Registro
  66. Articolo 64 Contenido de la inscripción
  67. Articolo 65 Inscripción y modificación de los datos
  68. Articolo 66 Notificación de los datos registrales
  69. Articolo 67 Cancelación
  70. Disposizione adicional primera Títulos habilitantes otorgados por otros Estados del Espacio Económico Europeo
  71. Disposizione adicional segunda Prestación de servicios a operadores de juego
  72. Disposizione adicional tercera Liquidez internacional
  73. Disposizione adicional cuarta Especialidades de los concursos
  74. Disposizione adicional quinta Abono de los premios de los juegos sujetos a reserva
  75. Disposizione adicional sexta Aplicaciones de juego gratuito
  76. Disposizione adicional séptima Acuerdos de corregulación
  77. Disposizione adicional octava Sistemas técnicos de las entidades autorizadas para la comercialización de las loterías incluidas en el ámbito de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego
  78. Disposizione adicional novena Reglamentación básica de los juegos
  79. Disposizione adicional décima Tramitación electrónica
  80. Disposizione adicional undécima Designación de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado como operador legalmente autorizado para la comercialización de los juegos de loterías
  81. Disposizione adicional duodécima Régimen específico de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE)
  82. Disposizione adicional decimotercera Gestión del sistema de límites de depósito conjuntos por jugador
  83. Disposizione transitoria primera Régimen transitorio aplicable a la publicidad de las actividades de juego
  84. Disposizione transitoria segunda Régimen transitorio de las Apuestas Mutuas que comercializa la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado
  85. Disposizione final primera Habilitación del titular del Ministerio de Economía y Hacienda
  86. Disposizione final segunda Habilitación de la Comisión Nacional del Juego
  87. Disposizione final tercera Entrada en vigor
Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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