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Real Decreto 63 unità

Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, por el que se desarrollan la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y los servicios garantizados establecidos en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.

Real Decreto 438/2024es-royal-decree-2024-04-30-4381 mag 2024

  1. Articolo 1 Objeto
  2. Articolo 2 Ámbito de aplicación
  3. Articolo 3 Definiciones
  4. Articolo 4 Principios de la prestación de servicios garantizados del Sistema Nacional de Empleo
  5. Articolo 5 Personas, empresas y entidades usuarias de los servicios
  6. Articolo 6 Demanda de empleo y servicios
  7. Articolo 7 Adquisición y mantenimiento de la condición de persona demandante de empleo y servicios
  8. Articolo 8 Situaciones de la demanda de empleo y servicios
  9. Articolo 9 Trámites relacionados con la demanda de empleo y servicios
  10. Articolo 10 Contenido de la Cartera Común de Servicios
  11. Articolo 11 Objeto y finalidad
  12. Articolo 12 Elaboración de un perfil individualizado
  13. Articolo 13 Tutorización individual, asesoramiento continuado y atención personalizada
  14. Articolo 14 Itinerario o plan de actuación
  15. Articolo 15 Objeto y finalidad
  16. Articolo 16 Gestión de las ofertas de empleo
  17. Articolo 17 Información y asesoramiento sobre la contratación y las medidas de apoyo a la misma
  18. Articolo 18 Prospección y captación de ofertas de empleo
  19. Articolo 19 Identificación de las necesidades de las empresas
  20. Articolo 20 Información y apoyo sobre los procesos de comunicación de las contrataciones
  21. Articolo 21 Apoyo a los procesos de recolocación
  22. Articolo 22 Información y asesoramiento sobre ofertas en el ámbito de la Unión Europea
  23. Articolo 23 Objeto y finalidad
  24. Articolo 24 Formación en el trabajo acorde a las necesidades de las personas, empresas y entidades usuarias
  25. Articolo 25 Inscripción de centros y entidades de formación en el trabajo
  26. Articolo 26 Control, seguimiento y evaluación de la calidad de la formación en el trabajo
  27. Articolo 27 Otros servicios de formación en el trabajo
  28. Articolo 28 Objeto y finalidad
  29. Articolo 29 Descripción de los servicios
  30. Articolo 30 Asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento
  31. Articolo 31 Fomento de la economía social
  32. Articolo 32 Dinamización del desarrollo económico local
  33. Articolo 33 Asesoramiento sobre ayudas a las iniciativas emprendedoras y de autoempleo
  34. Articolo 34 Asesoramiento sobre incentivos y medidas disponibles para el fomento de la contratación
  35. Articolo 35 Servicios complementarios no contemplados en la Cartera Común
  36. Articolo 36 Compromisos de las personas demandantes de servicios de empleo
  37. Articolo 37 Compromisos de las personas, empresas y demás entidades empleadoras
  38. Articolo 38 Prestación y difusión de los servicios
  39. Articolo 39 Actuaciones de activación de las personas solicitantes o beneficiarias de prestaciones por desempleo
  40. Articolo 40 Sistema de información e indicadores
  41. Articolo 41 Instrumentos garantizados en la prestación de los servicios
  42. Articolo 42 Expediente laboral personalizado único
  43. Articolo 43 Canal presencial o digital alternativo
  44. Articolo 44 Búsqueda de la protección social precisa
  45. Articolo 45 Suscripción del acuerdo de actividad
  46. Articolo 46 Cumplimiento del acuerdo de actividad
  47. Articolo 47 Suscripción del acuerdo de actividad por personas solicitantes o perceptoras de prestaciones o subsidios por desempleo
  48. Articolo 48 Financiación
  49. Articolo 49 Evaluación y actualización de los servicios de la Cartera Común
  50. Disposizione adicional primera Personal que presta los servicios garantizados
  51. Disposizione adicional segunda Red de Centros Públicos de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo
  52. Disposizione adicional tercera Calidad en la prestación de los servicios
  53. Disposizione adicional cuarta Personas con discapacidad
  54. Disposizione adicional quinta Cuentas de aprendizaje individuales
  55. Disposizione adicional sexta Microcredenciales para el aprendizaje permanente y la empleabilidad
  56. Disposizione adicional séptima Adaptación a la regulación de la formación en el trabajo
  57. Disposizione adicional octava Inscripción de las personas extranjeras cuyas autorizaciones estén en tramitación
  58. Disposizione transitoria única Transformación del Compromiso de Actividad en Acuerdo de Actividad
  59. Disposizione derogatoria única Derogación normativa
  60. Disposizione final primera Títulos competenciales
  61. Disposizione final segunda Facultades de desarrollo normativo
  62. Disposizione final tercera Entrada en vigor
  63. Allegato UNICO
Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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