AUTORIZA RECONOCER EL TIEMPO SERVIDO QUE SEÑALA A LOS SECRETARIOS DE CONGRESALES.

Article 2o- Los períodos que se reconocen se comprobarán ante la Caja únicamente con un certificado de los Secretarios del Senado o de la Cámara de Diputados según corresponda

In force · version of Jan 29, 1966