AUTORIZA RECONOCER EL TIEMPO SERVIDO QUE SEÑALA A LOS SECRETARIOS DE CONGRESALES.
Article 4
In force · version of Jan 29, 1966
Artículo 4.o- La Caja de Previsión de Empleados Particulares recibirá las imposiciones respectivas y otorgará a los imponentes beneficiados con esta ley préstamos para su integro, los cuales serán servidos en el plazo máximo de quince meses, con el interés mínimo vigente para esta clase de operaciones y serán garantizados con la caución que determine el Consejo de la Institución.