DFL 243

DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 243

Article 1o Refúndense en el presente decreto con fuerza de ley las disposiciones legales referentes al número de Ministerios y a los servicios que dependen directamente de la Presidencia de la República

Article 2o Los Departamentos de Estado serán los siguientes:

Article 3o Los Servicios que dependen directamente del Presidente de la República son los siguientes:

Article 4o El Presidente de la República podrá designar un Ministro para cada Departamento de Estado o Ministerio, o agrupar dos o más Departamentos a cargo de un Ministro

Article 5

Article 6