DE LA CLASIFICACION, NOMBRAMIENTOS, ASCENSOS Y CALIFICACION DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Article 72o Para ascender a Mayor de Intendencia se requiere haber servido seis años, a lo menos, en el grado de Capitán de Intendencia, de los cuales, por lo menos, tres en tropa

In force · version of Apr 5, 1960