ESTABLECE NORMAS SOBRE ALCOHOLES Y BEBIDAS ALCOHOLICAS
Article 14
In force · version of Apr 15, 1968
ARTICULO 14.o- Todas las patentes otorgadas antes de la dictación de la presente ley, serán reclasificadas a contar del segundo semestre de 1968, por una sola vez y dentro de las categorías y normas señaladas en el artículo 130.