ESTABLECE ESTATUTO DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
Article 151En las Fuerzas Armadas, en general, existirán dos clases de cauciones:
In force · version of Oct 7, 1968
Artículo 151°- En las Fuerzas Armadas, en general, existirán dos clases de cauciones: 1.- Por desempeño funcionario, y 2.- Por permanencia en las Fuerzas Armadas o en las Escuelas Institucionales.