ESTABLECE ESTATUTO DEL PERSONAL DE CARABINEROS DE CHILE
Article 122Se reconoce el derecho a acrecer en las pensiones de montepío
In force · version of Oct 17, 1968
Artículo 122º.- Se reconoce el derecho a acrecer en las pensiones de montepío.
ESTABLECE ESTATUTO DEL PERSONAL DE CARABINEROS DE CHILE
In force · version of Oct 17, 1968
Artículo 122º.- Se reconoce el derecho a acrecer en las pensiones de montepío.