Real Decreto 950/2005

Real Decreto 950/2005, de 29 de julio, de retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Preamble Preámbulo

Article 1Ámbito de aplicación

Article 2Conceptos retributivos

Article 3Retribuciones básicas

Article 4Retribuciones complementarias

Article 5Otras retribuciones e indemnizaciones

Article 6Retribuciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil en situación de reserva

Article 7Retribuciones del personal del Cuerpo Nacional de Policía en la situación de segunda actividad

Article 8Retribuciones de los alumnos de las academias y centros de enseñanza de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado

Article 9Absorción de retribuciones anteriores

Provision adicional primeraGrado personal de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía

Provision adicional segunda

Provision adicional tercera

Provision adicional cuartaRetribuciones del personal que participe o coopere en asistencia técnica policial, operaciones de mantenimiento de la paz y seguridad, humanitarias o de evacuación de personas en el extranjero

Provision adicional quintaRetribuciones del personal en situación de segunda reserva

Provision adicional sextaRetribuciones del personal en situación de reserva por aplicación de la disposición transitoria tercera.1 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre

Provision adicional séptimaRetribuciones del personal que a la entrada en vigor de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, se encontraba en la situación de reserva

Provision adicional octavaDeterminación del complemento de destino para determinados supuestos del Cuerpo de la Guardia Civil

Provision transitoria únicaAjustes en otros complementos retributivos del Cuerpo de la Guardia Civil y del Cuerpo Nacional de Policía

Provision derogatoria únicaDerogación normativa

Provision final primeraFacultades de desarrollo

Provision final segundaModificaciones presupuestarias

Provision final terceraEntrada en vigor