🇪🇸 Spain
Real Decreto 189 units
Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre, sobre seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias.
Real Decreto 929/2020es-royal-decree-2020-10-27-929Oct 29, 2020
- Preamble Preámbulo
- Article 1 Objeto
- Article 2 Ámbito de aplicación
- Article 3 La seguridad operacional ferroviaria
- Article 4 Funciones de los agentes del sistema ferroviario
- Article 5 Régimen de circulación sobre la Red Ferroviaria de Interés General
- Article 6 Medidas especiales en caso de perturbaciones del tráfico ferroviario
- Article 7 Obligación de registrar datos sobre sucesos relacionados con la seguridad ferroviaria e informar sobre los mismos
- Article 8 Informe anual de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria
- Article 9 Planes anuales de seguridad
- Article 10 Indicadores Comunes de Seguridad, Métodos Comunes de Seguridad y Objetivos Comunes de Seguridad
- Article 11 Normas nacionales en el ámbito de la seguridad
- Article 12 Establecimiento y notificación de nuevas normas nacionales en el ámbito de la seguridad
- Article 13 Sistemas de gestión de la seguridad
- Article 14 Informes anuales de seguridad
- Article 15 Autorización de seguridad de los administradores de infraestructuras
- Article 16 Solicitud de la autorización de seguridad
- Article 17 Resolución sobre la solicitud de otorgamiento de la autorización de seguridad
- Article 18 Vigencia de la autorización de seguridad
- Article 19 Supervisión de la autorización de seguridad
- Article 20 Revocación de la autorización de seguridad
- Article 21 Certificado de seguridad único
- Article 22 Solicitud del certificado de seguridad único en la Red Ferroviaria de Interés General
- Article 23 Resolución sobre la solicitud de otorgamiento del certificado de seguridad único
- Article 24 Vigencia del certificado de seguridad único
- Article 25 Supervisión de certificado de seguridad único
- Article 26 Procedimiento de revocación del certificado de seguridad único
- Article 27 Cooperación con la Agencia Ferroviaria de la Unión Europea en la expedición de certificados de seguridad únicos
- Article 28 Entidades encargadas del mantenimiento de vehículos ferroviarios
- Article 29 Funciones del sistema de mantenimiento de vehículos ferroviarios
- Article 30 Certificación de la entidad encargada del mantenimiento y de los centros de mantenimiento
- Article 31 Excepciones al sistema de certificación de las entidades encargadas del mantenimiento
- Article 32 Acceso a los servicios de formación
- Article 33 Programas formativos
- Article 34 Cualificación del personal ferroviario
- Article 35 Planificación de los tiempos de trabajo y descanso
- Article 36 Tiempos máximos de conducción
- Article 37 Tiempos máximos de conducción por equipos
- Article 38 Tiempos máximos de actividad de control de tráfico
- Article 39 Control de los tiempos máximos
- Article 40 Controles para detección del consumo de alcohol y de indicios analíticos de consumo de drogas de abuso y sustancias psicoactivas en el personal ferroviario
- Article 41 Garantía en el tratamiento de las muestras y resultados de los controles
- Article 42 Pruebas empleadas en controles aleatorios o como consecuencia de accidentes o incidentes
- Article 43 Realización de las pruebas de consumo de alcohol
- Article 44 Realización de las pruebas analíticas para la detección de consumo de drogas de abuso y sustancias psicoactivas
- Article 45 Actuación en el supuesto de pruebas con resultado positivo
- Article 46 Medicamentos que pueden perturbar o disminuir las facultades psicofísicas del personal ferroviario habilitado
- Article 47 Consideraciones generales
- Article 48 Pasos a nivel provisionales
- Article 49 Pasos a nivel particulares
- Article 50 Inventario de pasos a nivel y otras intersecciones
- Article 51 Equipamiento y clases de protección
- Article 52 Adecuación de los pasos a nivel a las clases de protección
- Article 53 Costes de los sistemas de protección de pasos a nivel
- Article 54 Criterios de actuación
- Article 55 Costes de supresión y reordenación
- Article 56 Consideraciones generales de los cruces entre andenes
- Article 57 Nuevos cruces entre andenes
- Article 58 Supresión de cruces entre andenes
- Article 59 Equipamiento y clases de protección de los cruces entre andenes
- Article 60 Cruces para uso exclusivo de la actividad ferroviaria o de los servicios de emergencia
- Article 61 Inventario de cruces entre andenes y para uso exclusivo de la actividad ferroviaria o de los servicios de emergencia
- Article 62 Régimen de titularidad y mantenimiento de los elementos de los cruces
- Article 63 Diseño y protección de los pasos superiores y estructuras sobre líneas ferroviarias
- Article 64 Cerramientos
- Article 65 Obras ruinosas
- Article 66 Pasos a nivel
- Article 67 Obras y actividades ilegales
- Article 68 Régimen específico de seguridad operacional en la circulación ferroviaria en las infraestructuras de los puertos de interés general
- Article 69 Secciones fronterizas
- Article 70 Conexiones de la Red Ferroviaria de Interés General con otras redes de competencia no estatal
- Article 71 Régimen aplicable a vehículos históricos circulando por la Red Ferroviaria de Interés General
- Article 72 Régimen de seguridad aplicable a la prestación de servicios en instalaciones de servicios
- Article 73 Requisitos esenciales
- Article 74 Aplicación de las Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad y normas nacionales
- Article 75 Normas nacionales en el ámbito de interoperabilidad
- Article 76 Instrucciones Ferroviarias
- Article 77 Condiciones para la puesta en el mercado de los componentes de interoperabilidad
- Article 78 Conformidad o idoneidad para el uso
- Article 79 Procedimiento para la declaración «CE» de conformidad o idoneidad para el uso
- Article 80 Incumplimiento de requisitos esenciales de los componentes de interoperabilidad
- Article 81 Libre circulación de subsistemas
- Article 82 Conformidad con las Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad y con las normas nacionales
- Article 83 Casos de no aplicación de las Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad
- Article 84 Proyectos en fase avanzada de desarrollo o que sean objeto de un contrato en curso de ejecución en la fecha de aplicación de una Especificación Técnica de Interoperabilidad
- Article 85 Procedimiento para la solicitud de no aplicación de las Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad
- Article 86 Procedimiento para la solicitud de disconformidad con las normas nacionales
- Article 87 Procedimiento para expedir la declaración «CE» de verificación
- Article 88 Incumplimiento de requisitos esenciales de los subsistemas
- Article 89 Presunción de conformidad
- Article 90 Autoridad notificadora
- Article 91 Organismos de evaluación de la conformidad
- Article 92 Imparcialidad de los organismos de evaluación de la conformidad
- Article 93 Personal de los organismos de evaluación de la conformidad
- Article 94 Presunción de conformidad de los organismos de evaluación de la conformidad
- Article 95 Subcontrataciones y filiales de los organismos notificados
- Article 96 Organismos internos acreditados
- Article 97 Solicitud de notificación
- Article 98 Procedimiento de notificación
- Article 99 Cambios en las notificaciones
- Article 100 Impugnación de la competencia de organismos notificados
- Article 101 Obligaciones operativas de los organismos notificados
- Article 102 Obligación de los organismos notificados de proporcionar información
- Article 103 Coordinación de los organismos notificados
- Article 104 Organismos designados
- Article 105 Régimen general
- Article 106 Autorización de entrada en servicio de los subsistemas estructurales fijos
- Article 107 Mejora o renovación de los subsistemas estructurales fijos
- Article 108 Fases del procedimiento de autorización de entrada en servicio de los subsistemas estructurales fijos
- Article 109 Comunicación previa a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria
- Article 110 Puesta en conocimiento de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria de proyectos antes de su aprobación
- Article 111 Evaluación del subsistema tras su construcción y previa a su entrada en servicio
- Article 112 Solicitud de autorización de entrada en servicio de subsistemas estructurales fijos
- Article 113 Aplicación armonizada del ERTMS
- Article 114 Funcionamiento de los subsistemas estructurales fijos durante las fases intermedias de su proceso de fabricación, construcción, implantación y verificación
- Article 115 Reparación de los subsistemas estructurales fijos en situaciones de emergencia o tras una catástrofe natural o un accidente
- Article 116 Autorización de elementos o componentes que no sean de interoperabilidad
- Article 117 Procedimiento de autorización de puesta en servicio de nuevas líneas, tramos, estaciones y terminales
- Article 118 Procedimiento de autorización de puesta en servicio de modificación de líneas, tramos, estaciones y terminales existentes
- Article 119 Registro de la infraestructura
- Article 120 Supervisión de los subsistemas estructurales fijos
- Article 121 Suspensión y revocación de la autorización de entrada en servicio de los subsistemas estructurales fijos
- Article 122 Régimen general
- Article 123 Puesta en el mercado de los subsistemas móviles
- Article 124 Autorización de puesta en el mercado de vehículos
- Article 125 Comunicación previa
- Article 126 Excepciones o disconformidades
- Article 127 Solicitud y emisión de la autorización de puesta en el mercado de vehículos
- Article 128 Ampliación del área de uso
- Article 129 Autorización de tipos de vehículos
- Article 130 Conformidad de los vehículos con un tipo de vehículo autorizado
- Article 131 Vehículos modificados
- Article 132 Colaboración con la Agencia Ferroviaria de la Unión Europea en la expedición de autorizaciones de vehículos
- Article 133 Circulación para pruebas, ensayos o traslados
- Article 134 Numeración y registro de vehículos
- Article 135 Comprobaciones antes de la utilización de vehículos autorizados
- Article 136 Inspecciones de vehículos
- Article 137 Incumplimiento de requisitos esenciales por parte de los vehículos o tipos de vehículos
- Article 138 Suspensión y revocación de la autorización de puesta en el mercado de vehículos
- Article 139 Actividad de supervisión e inspección de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria
- Article 140 Estrategia y planes de supervisión
- Article 141 Acciones de supervisión
- Article 142 Atribución de las funciones de supervisión. Equipos de supervisión
- Article 143 Facultades del personal supervisor
- Article 144 Acreditación del personal supervisor
- Article 145 Obligaciones del personal supervisor
- Article 146 Deber de colaboración
- Article 147 Documentación de las acciones de supervisión
- Article 148 Procedimiento de supervisión
- Article 149 Actuaciones correctoras derivadas de las acciones de supervisión
- Article 150 Denuncias de infracciones
- Article 151 Límites de las acciones de supervisión y colaboración con otros órganos
- Article 152 Acceso a registros de la actividad ferroviaria
- Article 153 Actividades de policía de los administradores de infraestructuras
- Article 154 Coordinación con las actividades de policía de los administradores de infraestructuras
- Article 155 Acreditación y facultades del personal que desarrolle funciones de inspección
- Article 156 Procedimientos de inspección de los administradores de infraestructuras
- Article 157 Límites de las actuaciones de inspección y colaboración con otros órganos
- Article 158 Administradores de infraestructuras que no sean organismos públicos
- Provision adicional primera Catálogo oficial de señales de circulación ferroviaria
- Provision adicional segunda Trenes-tranvía
- Provision adicional tercera Régimen aplicable a tramos de la Red Ferroviaria de Interés General con características tranviarias
- Provision adicional cuarta Catalogación de vehículos ferroviarios históricos
- Provision adicional quinta Régimen aplicable a acuerdos de Aceptación Cruzada de material rodante
- Provision adicional sexta Matriculación del material rodante
- Provision adicional séptima Requisitos para la operación de determinada maquinaria de obra por la Red Ferroviaria de Interés General
- Provision adicional octava Disposición de detectores de caída de objetos en líneas existentes
- Provision adicional novena Inventario de pasos a nivel y elaboración del plan de actuaciones
- Provision adicional décima Inventario de cruces entre andenes y elaboración del plan de actuaciones
- Provision adicional undécima Inventario de cerramientos y plan de actuación
- Provision transitoria primera Autorización de entrada en servicio de subsistemas fijos y puesta en servicio de nuevas líneas, tramos, estaciones y terminales que se encuentren en ejecución
- Provision transitoria segunda Vehículos ferroviarios
- Provision transitoria tercera Inspección de vehículos
- Provision transitoria cuarta Normativa aplicable para la puesta en el mercado de vehículos hasta la aprobación de las instrucciones ferroviarias
- Provision transitoria quinta Tasas por autorización de vehículos ferroviarios
- Provision transitoria sexta Servicios ferroviarios operados con vehículos históricos
- Provision transitoria séptima Entrada en funcionamiento del Registro Europeo de Vehículos
- Provision transitoria octava Inventario de vehículos del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
- Provision transitoria novena Organismos designados
- Provision transitoria décima Registro de la infraestructura
- Provision derogatoria única Derogación normativa
- Provision final primera Modificación del Real Decreto 664/2015, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Ferroviaria
- Provision final segunda Modificación del Real Decreto 623/2014, de 18 de julio, por el que se regula la investigación de los accidentes e incidentes ferroviarios y la Comisión de investigación de accidentes ferroviarios
- Provision final tercera Modificación del Real Decreto 627/2014, de 18 de julio, de asistencia a las víctimas de accidentes ferroviarios y sus familiares
- Provision final cuarta Modificación del Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario
- Provision final quinta Título competencial
- Provision final sexta Incorporación de la normativa de la Unión Europea
- Provision final séptima Facultades de desarrollo
- Provision final octava Entrada en vigor