X 21401/boe

Resolución de 2 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Madrid n.º 6, por la que se suspende la inscripción de una escritura de declaración de obra antigua y división horizontal de las habitaciones de un hotel en fincas descritas como locales de uso hotelero.

Annex section terceroApartado tercero. En fecha 27 de agosto de 2024, y correspondiendo al Asiento de Presentación 941 del Diario 2025, se Acuerda la No Inscripción de la Escritura, por las causas siguientes:

Article 1Objeto

Article 2Definiciones

Article 34Actuaciones objeto de control a través de licencia

Article 41Principio de unidad de explotación

Article 30Hoteles en régimen de condominio

Annex section cuartoApartado cuarto. El Acuerdo fue notificado al presentante y al Notario autorizante

Annex section novenoApartado noveno. El Acuerdo fue notificado al presentante y al Notario autorizante

Annex section undécimoApartado undécimo. En fecha 6 de octubre de 2025, se recibe correo electrónico con la siguiente dicción literal, sin que se solicite expresamente de nuevo la presentación de la Escritura -que no ha sido retirada- en el Registro de la Propiedad

Annex section duodécimoApartado duodécimo. A la vista de lo solicitado en el

Annex section decimocuartoApartado decimocuarto. Se acompaña el siguiente documento:

Annex section decimosextoApartado decimosexto. En fecha 23 de diciembre de 2025, se aportó Diligencia de presentación telemática de la misma fecha, e Impreso 601 de Autoliquidación de Actos Jurídicos Documentados