ORDENA QUE LA PERSONA JURIDICA CREADA CON EL NOMBRE DE CORPORACION DE RECONSTRUCCION Y AUXILIO, SE DENOMINARA EN LO SUCESIVO EN LA FORMA QUE INDICA

Article 3o Dentro de quince días, contados desde la publicación de esta ley, las instituciones indicadas en las letras d), e) y f) del artículo 2

In force · version of Oct 5, 1948