🇨🇱 Chile
DFL 22 units
ORGANIZA LA EMPRESA MARITIMA DEL ESTADO
DFL 388cl-legislative-decree-1953-08-05-388Aug 5, 1953
- Article 1
- Article 2 o Las funciones que corresponden al Gobierno en sus relaciones con la Empresa, se ejercerán por intermedio de la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Economía
- Article 3
- Article 4 o
- Article 5 o La administración será ejercida por un Director General, el que tendrá la representación judicial y extra-judicial de la Empresa
- Article 6 o El Director General tendrá los deberes y atribuciones especiales que a continuación se expresan:
- Article 7 o
- Article 8 o
- Article 9 o
- Article 10 Libéranse de derechos de internación, de almacenaje, del impuesto de embarque y desembarque establecido por la ley N
- Article 11
- Article 12
- Article 13
- Article 14
- Article 15 La contabilidad de la Empresa quedará sujeta, en cuanto a fiscalización, intervención y rendición de cuentas, a las disposiciones de la ley N
- Article 16 El presente decreto con fuerza de ley comenzará a regir treinta días después de su publicación en el "Diario Oficial"
- Article 1 o
- Article 2 o
- Article 3 o
- Article 4 o
- Article 5 o
- Article 6 o