🇨🇱 Cile
DFL 16 unità
ESTABLECE IMPUESTO UNICO AL VINO
DFL 5cl-legislative-decree-1971-10-01-52 mar 1973
- Articolo 1 El vino de producción nacional pagará,
- Articolo 2 El mismo impuesto establecido en el
- Articolo 3 Salvo el caso a que se refiere el
- Articolo 4 El impuesto establecido en el presente
- Articolo 5 Las personas que deban pagar el impuesto
- Articolo 6 Sin perjuicio de lo dispuesto en el
- Articolo 7 Introdúcense las siguientes
- Articolo 8 Introdúcense las siguientes
- Articolo 9 Lo dispuesto en el presente decreto no
- Articolo 10 Las disposiciones del presente decreto
- Disposizione transitoria
- Articolo 1 Los envasadores establecidos con
- Articolo 2 Dentro del mismo plazo, los
- Articolo 3 Dentro del mismo plazo establecido en el
- Articolo 4 El impuesto único al vino
- Articolo 5 ° El Servicio de Impuestos Internos podrá,