🇨🇱 Chile
DFL 141 units
Decreto con fuerza de ley N.o 31
DFL 31cl-legislative-decree-1931-03-17-31Feb 18, 1931
- Article 1 o Las disposiciones de esta ley se refieren, en general, al reclutamiento del personal que requiere el Ejército en sus tareas de paz y en su misión de guerra
- Article 2
- Article 3
- Article 4 o Los servicios militares de los ciudadanos, prestados en la Armada Nacional, se considerarán como prestados en el Ejercito, para los efectos de esta ley
- Article 5 o Los ciudadanos que no cumplieren con esta ley no podrán ocupar cargos ni oficios públicos
- Article 6
- Article 7
- Article 8 o El servicio de reclutamiento depende de1 Ministerio de Guerra, está a cargo de una Dirección de Reclutamiento y se divide en regiones y cantones de reclutamiento
- Article 9
- Article 10 Al servicio de reclutamiento corresponde, en general, lo concerniente a:
- Article 11 La extensión territorial de las legiones de reclutamiento corresponderá, en lo posible, a la de una división militar y la de los cantones a la de un departamento de la organización administrativa
- Article 12 El Presidente de la República podrá modificar la extensión territorial de las regiones y cantones de reclutamiento
- Article 13 Fuera del país, los Consulados desempeñarán funciones de reclutamiento, en calidad de cantones auxiliares
- Article 14
- Article 15 Los oficiales y procuradores del servicio de reclutamiento son empleados civiles del Ejército y se considerarán militares para los efectos del Código de Justicia Militar
- Article 16
- Article 17
- Article 18 Todos los chilenos varones deberán inscribirse en los Registros Militares, en los treinta y un días de Enero del año en que cumplan diecinueve años de edad
- Article 19
- Article 20 El Presidente de la República, podrá ordenar la reinscripción de la totalidad o de parte de los ciudadanos de veinte a cuarenta y cinco años de edad
- Article 21
- Article 22
- Article 23 La inscripción es un acto personal que se efectuará en el cantón de la residencia habitual de los interesados, salvas las excepciones que señale el Reglamento
- Article 24
- Article 25
- Article 26 Para los efectos de esta ley, los ciudadanos se agrupan en clases
- Article 27 Para los efectos de esta ley, los chilenos de diecinueve a cuarenta y cinco años inclusive, pertenecerán a una de las siguientes entidades:
- Article 28
- Article 29 Permanecerán en el Ejército activo los ciudadanos que fueren convocados a reconocer cuartel e ingresaren a las filas para cumplir su período de conscripción
- Article 30
- Article 31 El servicio militar se iniciará en la calidad de soldado conscripto
- Article 32 Los licenciados con valer militar conservarán, al volver a las filas en cumplimiento de un llamado, el último grado que obtuvieron en la conscripción, salvas las excepciones que señale el Reglamento
- Article 33
- Article 34 Anualmente se dictará un decreto supremo de convocatoria que deberá indicar la duración del período de conscripción
- Article 35
- Article 36
- Article 37 Los ciudadanos aptos para el servicio, de veintiuno a veinticinco años que no fueren sorteados, podrán ser aceptados como voluntarios
- Article 38
- Article 39
- Article 40 Las clases llamadas a las armas en caso de movilización formarán o integrarán:
- Article
- Article 42 Todo reservista deberá comunicar sus cambios definitivos de residencia o sus ausencias superiores a tres meses, al oficial de reclutamiento del cantón en que esté adscripto
- Article 43
- Article 44 El servicio militar podrá anticiparse hasta por dos años y postergarse hasta por cinco años
- Article 45
- Article 46 La concesión de postergaciones estará subordinada al hecho de que exista un número de ciudadanos aptos para el servicio, superior al fijado por la convocatoria
- Article 47
- Article 48 La Dirección de Reclutamiento podrá disponer lo necesario para que se de instrucción militar a los que hubieren postergado el cumplimiento de su servicio de conscripción
- Article 49 El cumplimiento satisfactorio de uno, dos o tres períodos de instrucción militar preparatoria, permitirá la reducción del período de conscripción, de acuerdo con el Reglamento
- Article 50 Están exentos de obligaciones militares:
- Article 51 Quedan excluídos definitivamente de obligaciones militares:
- Article
- Article 53 En tiempo de paz, el Presidente de la República podrá llamar a determinadas categorías del personal de complemento con fines de instrucción militar
- Article 54 El Personal de complemento comprende las siguientes categorías:
- Article 55 Los oficiales de complemento se clasificarán en oficiales de reserva de armas oficiales de reserva de los servicios
- Article 56 El cuerpo de oficiales de reserva le armas está constituido por:
- Article 57 El cuerpo de oficiales de reserva de los servicios está constituido por:
- Article 58 Forman el escalafón de la oficialidad de complemento:
- Article 59 Los grados de la oficialidad de complemento son los mismos de la oficialidad del cuadro permanente, y estarán sujetos a los siguientes límites de edad:
- Article 60 Los oficiales de reserva serán calificados anualmente por los comandantes de las unidades o jefes de las reparticiones a que se encuentren adscriptos
- Article 61 En tiempo de guerra, los ascensos de los oficiales de reserva se sujetarán a las normas establecidas para los oficiales del cuadro permanente
- Article 62 Los oficiales de reserva de armas y de los servicios, podrán ascender en tiempo de paz hasta el grado de mayor
- Article 63 Los oficiales de reserva, quedarán obligados a concurrir a las sesiones de instrucción a que sean citados por el jefe o comandante de la unidad a la cual se encuentran adscriptos
- Article 64
- Article 65
- Article 66 Los oficiales de reserva podrán ser alistados en las filas del Ejército activo, en unidad de su arma, por un período que podrá fluctuar entre seis meses y un año
- Article 67 Los suboficiales y cabos de reserva podrán ser llamados a sesiones de instrucción en la forma establecida por el artículo 63
- Article 68
- Article 69 Los jefes de región de reclutamiento, clasificarán anualmente a los suboficiales y cabos de reserva, en buenos, regulares y deficientes
- Article 70 En tiempo de guerra, los ascensos de los suboficiales y cabos de reserva, se sujetarán a las normas establecidas para el ascenso de los suboficiales y cabos del cuadro permanente
- Article 71
- Article 72 Los oficiales de reserva en servicio activo tienen los deberes, rango y prerrogativas que las leyes y reglamentos militares consultan, para los oficiales del Ejército permanente
- Article 73
- Article 74
- Article 75 Los suboficiales y cabos de reserva quedan sujetos a las obligaciones establecidas para los oficiales de reserva, de acuerdo con lo que disponga el Reglamento
- Article 76
- Article 77
- Article 78
- Article 79
- Article 80 Los artículos anteriores referentes a sueldos de oficiales de reserva, son aplicables a los suboficiales y cabos de reserva
- Article 81
- Article 82
- Article 83 Los oficiales de reserva llamados al servicio, tendrán derecho a ser provistos gratuitamente por el Estado, durante su servicio, de un equipo militar completo
- Article 84 Son aplicables a los suboficiales y cabos de reserva, las disposiciones de los tres artículos precedentes
- Article 85 El cuadro permanente de individuos de tropa del Ejército sirve de base a las unidades y reparticiones que formarán e1 Ejército en pie de guerra
- Article 86 Son "voluntarios del cuadro permanente" los individuos que se comprometen a servir en las filas del Ejército por tiempo determinado
- Article 87 Para ingresar al Ejército en calidad de voluntario del cuadro permanente se requiere haber efectuado satisfactoriamente un período completo de instrucción militar en unidad de tropas
- Article 88 No obstante lo dispuesto, en el artículo anterior, podrán ser contratados:
- Article 89 Los voluntarios del cuadro permanente se dividen en:
- Article 90
- Article 91 El personal de armas comprende las siguientes categorías:
- Article 92 Personal asimilado es el que tiene la misión de auxiliar al de armas en sus tareas
- Article 93 Las categorías jerárquicas del personal asimilado son las mismas del personal de armas
- Article 94
- Article 95 El personal comisionado prestará sus servicios, preferentemente, fuera de las tropas, y podrá continuar perteneciendo al Ejército mientras sea capaz de un desempeño eficaz
- Article 96 Los comisionados continuarán percibiendo el sueldo y gratificaciones del grado a que hubieren alcanzado y no tendrán derecho a nuevo retiro
- Article 97 Los voluntarios ingresarán al cuadro permanente, previa la celebración de un contrato
- Article 98 Son hábiles para contratarse como voluntarios en el Ejército los ciudadanos que tenga más de veinte años de edad
- Article 99
- Article 100 En tiempo de guerra se podrá contratar a extranjeros y voluntarios de las clases no movilizadas hasta los cincuenta años de edad, para determinado servicio
- Article 101
- Article 102
- Article 103 Los contratos militares podrán ser resueltos en cualquier momento, sin que por esto afecte al Estado otras responsabilidades que las indicadas en el artículo 6
- Article 104
- Article
- Article 106 El Reglamento de esta ley prescribirá las formalidades de los contratos militares y las condiciones para el reingreso al Ejército y la renovación de los contratos
- Article 107 A los voluntarios del cuadro permanente se dará una enseñanza que los capacite como elementos eficaces de producción en la vida civil
- Article 108
- Article 109 Los ciudadanos que no se inscribieren dentro de los plazos señalados en el artículo anterior, serán infractores
- Article 110 Los infractores harán su servicio militar obligatorio con un recargo igual al tiempo por el cual fué llamado el contingente de su clase
- Article 111 Los ciudadanos que no se reinscribieren en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20, serán castigados con multa proporcionada a sus haberes, que no baje de diez ni suba de quinientos pesos
- Article 112
- Article 113 Los ciudadanos incluídos en la convocatoria que no se presentaren a reconocer cuartel serán remisos y sufrirán las penas establecidas para los infractores en el artículo 110
- Article 114
- Article 115
- Article
- Article 117
- Article 118
- Article 119
- Article 120
- Article 121
- Article 122 Los castigos disciplinarios superiores a ocho días sin servicio de conscripción, se deducirán del tiempo de convocatoria
- Article 123 La pena respecto de los infractores, de los remisos y de los que incurran, en el delito contemplado en el artículo 116, prescribirá en diez años y en cinco años los demás casos
- Article 124 Las penas establecidas en lar presente ley, serán cumplidas en los cuarteles militares, salvo las determinadas en los artículos 116 y 117
- Article 125 Los llamados y citaciones a sesiones o períodos de instrucción de que tratan los artículos 34, 35
- Article 126 De las cansas por infracciones de la presente ley, conocerá en primera instancia el Juzgado Militar que corresponda, y en segunda, la Corte Marcial, cualquiera que sea la edad de los inculpados
- Article 127
- Article 128 La denuncia a que se refiere el artículo 112 del Código de Justicia Militar, deberá hacerse ante el oficial de Reclutamiento del cantón en que resida el denunciante
- Article 129
- Article 130
- Article 131 Procederá para ante la Corte Marcial el recurso de apelación contra las sentencias definitivas de primera instancia
- Article 132
- Article 133 Procederá igualmente el recurso de revisión contemplado en el artículo 153 del Código de Justicia Militar
- Article 134 Créase la estampilla de reclutamiento cuyo valor y empleo será el que se indica a continuación:
- Article 135
- Article 136 El pago de las mutas que impone la presente ley se hará con estampillas de reclutamiento
- Article 1
- Article 2 o Durante el año de 1931, los gastos que demande la aplicación de la presente ley, se harán con el producto de las estampillas de reclutamiento
- Article 3
- Article 4
- Article