CODIGO CIVIL
Artículo 43Son representantes legales de una persona el
Vigente · versión de 18 mar 1965
Art. 43. Son representantes legales de una persona el padre o la madre legítimos, el adoptante y su tutor o curador.
CODIGO CIVIL
Vigente · versión de 18 mar 1965
Art. 43. Son representantes legales de una persona el padre o la madre legítimos, el adoptante y su tutor o curador.